14 de Junio del 2012
A partir de julio próximo, la Dirección General de Transporte Urbano de Lima (DGTU) multará con 3,650 nuevos soles a los responsables de las empresas de transporte público cuyos choferes manejen más de 10 horas diarias, según lo dispone la Ordenanza 1599.
Miguel Figueroa, asesor de la DGTU, explicó que dicha ordenanza, que regula la prestación del servicio de transporte público de personas en Lima, establece que la jornada de manejo continuo no debe superar las cinco horas, hasta un máximo de dos jornadas diarias (10 horas).
Subrayó que el tiempo de descanso entre cada jornada deberá ser como mínimo de una hora y que es obligación de las empresas contar con el número suficiente de conductores y cobradores para prestar el servicio.
Andina