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Caso María Benito: PJ falla a su favor y reconoce su derecho a rechazar tratamientos médicos

La mujer de 65 años padece de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), que le impide movilizarse y le causa múltiples dolores en todo el cuerpo.
María Benito padece de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), su estado de salud es muy delicado y sufre de múltiples dolores en todo el cuerpo | Foto: Captura de video / TV Perú Noticias

Redacción Ojo

Actualizado el 01/02/2024, 09:59 p.m.

El Poder Judicial emitió un fallo favorable a María Benito Orihuela, de 65 años, diagnosticada con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) en 2014, dejándola postrada en una cama con movilidad limitada y múltiples dolores.

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Desde abril de 2023, María Benito solicitaba ser desconectada del ventilador que la mantenía artificialmente con vida. Con el fallo, se le reconoce el derecho a Benito Orihuela a no recibir tratamientos médicos que la mantengan con vía de manera artificial.

La ciudadana es usuaria del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins, del Seguro Social de Salud (Essalud), al cual ha solicitado el derecho a una muerte digna.

El abogado de María Benito, Percy Castillo, mencionó en una entrevista con TvPerú Noticias que su patrocinada buscaba ser desconectada del respirador artificial y dejar de recibir cualquier otro tipo de atención médica. Además, calificó el fallo como “histórico” y favorable a otros pacientes que ya no deseen continuar con su tratamiento.

“Es un fallo muy importante, histórico no solo favorable para María, sino para todos los pacientes del Perú porque se reconoce el derecho que tiene toda persona decidir si continúa o no con un tratamiento médico. En el caso de María, ella buscaba que se reconozca su derecho a decidir su derecho a no seguir conectada a un respirador artificial, ni a recibir cualquier otro tipo de tratamiento. Es su voluntad, es una decisión libre y así lo ha reconocido la justicia”, afirmó.

La defensa legal de Benito Orihuela también destacó las diferencias entre la eutanasia y ser desconectada, argumentando que la primera involucra un procedimiento para provocar el fallecimiento.

“En la eutanasia siempre se administra una droga o se sigue un procedimiento para provocar el deceso. En este caso, no. Aquí, simplemente, el paciente decide no continuar con un tratamiento y aceptando las consecuencias que esto conlleva, que es la pérdida de la vida”, sostuvo.

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