El superintendente Nacional de Salud, Dr. Carlos Acosta Saal, instó a los directores de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), identificar y sancionar los actos de captación de imágenes efectuados dentro de sus establecimientos y la difusión de las mismas. (Fotos: Mario Zapata / GEC)
El superintendente Nacional de Salud, Dr. Carlos Acosta Saal, instó a los directores de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), identificar y sancionar los actos de captación de imágenes efectuados dentro de sus establecimientos y la difusión de las mismas. (Fotos: Mario Zapata / GEC)

La (SuSalud), organismo técnico especializado adscrito al (Minsa), informó que la divulgación de los datos de personas diagnosticadas, hospitalizadas o fallecidas por (COVID-19) serán sancionados con una de multa de hasta S/ 1’290.000.

Todo paciente o usuario de los servicios de salud, públicos o privados, tiene derecho a ser atendido con pleno respeto de su dignidad e intimidad, sin que se incurra en acto de discriminación de ningún tipo. Así, también, cuenta con la garantía de la confidencialidad y protección de los datos referidos a su atención”, informó SuSalud mediante una nota de prensa.

Esto se debe a que en los últimos días se ha difundido información (fotografías y videos) referida a la identificación de personas diagnosticadas, hospitalizadas o fallecidas por COVID– 19.

Por ello, el superintendente Nacional de Salud, Dr. Carlos Acosta Saal, instó a los directores de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), identificar y sancionar los actos de captación de imágenes efectuados dentro de sus establecimientos y la difusión de las mismas,

Carlos Acosta invocó a denunciar estos hechos y a sus responsables. Agregó que los directores de los establecimientos de salud donde se hubiera cometido la infracción están obligados a accionar la investigación y sanción de los responsables de la falta.

La divulgación de los datos relacionados a la salud de los pacientes constituye una falta grave, según el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2014-SA, lo que conlleva a la aplicación por parte de SuSalud de una sanción administrativa de multa de hasta 300 UIT, equivalente a 1’290.000 soles”, señaló el doctor Acosta.

Por último, pidió a las autoridades y servidores de los establecimientos de salud, públicos y privados, a los medios de comunicación y a la sociedad en general, a respetar la dignidad e intimidad personal del paciente y de sus familiares frente a esta pandemia.

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