El toque de queda se mantiene como medida para impedir que se incremente la tasa de contagios del COVID-19. (Foto: GEC)
El toque de queda se mantiene como medida para impedir que se incremente la tasa de contagios del COVID-19. (Foto: GEC)

El Gobierno dispuso una nueva serie de medidas que rigen desde el pasado 26 de julio en todo el país en el contexto de la pandemia del . Entre las disposiciones destaca que el Callao pasó al nivel de alerta “moderado”, mientras que Lima Metropolitana permanece en el nivel de alerta “alto”.

Dado que la segunda ola del COVID-19 sigue en descenso, el horario de en las regiones de nivel alto y moderado, como Lima y Callao, se mantiene hasta el próximo 22 de agosto. Además, el uso de los vehículos particulares los domingos no estará prohibido.

¿A qué hora inicia el toque de queda?

De lunes a domingo el (inmovilización social obligatoria) va de 12 a.m. (medianoche) a 4:00 a.m. del día siguiente.

Los domingos 1, 8, 15 y 22 de agosto se podrá utilizar los vehículos particulares. Recordemos que antes solo estaba permitido el uso del transporte público.

MIRA: COVID-19: este domingo 15 de agosto está permitido el uso de autos particulares en Lima y Callao

¿Qué sucede si no pago la multa por infringir el toque de queda?

Si no cancelas la multa en el Banco de la Nación en los 5 días hábiles posteriores a la fecha de tu sanción, tendrás que allanarte a las siguientes medidas:

No podrás realizar ningún trámite ante cualquier entidad del Estado.

No podrás recibir beneficios de ninguno de los programas estatales de apoyo económico, alimentario y sanitario, como indica el según el Decreto Supremo 008-2021-PCM.

Solo si puedes probar una causa justificada, la institución a la que te dirijas podrá atender tu solicitud mediante una decisión motivada.

Toque de queda: conoce las multas

De incumplir con lo dispuesto por el Gobierno recibirás una sanción económica aplicada por un integrante de la Policía Nacional del Perú (PNP). La multa puede ir desde los S/ 88.00 hasta los S/ 440.00, según el Decreto Legislativo Nº1458.

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