En el Bicentenario de la Independencia del Perú, los días 28 y 29 de julio de 2021 se mantendrán como feriados nacionales por Fiestas Patrias, a diferencia de lo que ocurrió el año pasado cuando el 29 de julio se declaró día laborable para apoyar la reactivación económica del país y porque estábamos en el pico de la primera ola. Ahora, con una tendencia a la baja de casos y fallecidos por COVID-19, los gremios esperan que pueda haber un fin de semana largo para reactivar el turismo.
De acuerdo con el Decreto Legislativo N° 713 (08-11-1991) y su reglamento (Decreto Supremo N° 012-92-TR), los días miércoles 28 y jueves 29 de julio serán feriados para los trabajadores públicos y privados.
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¿HABRÁ FERIADO LARGO CON EL 30 DE JULIO?
El Gobierno ha dictado las normas que regirán el 28 y 29 de julio en medio del estado de emergencia sanitaria por el COVID-19. Hasta la fecha, el viernes 30 de julio no ha sido declarado día no laborable, a pesar del pedido de la Asociación de Hoteles, Restaurantes y afines (Ahora Perú) y de la Cámara Nacional de Turismo del Perú (Canatur) para impulsar la reactivación del golpeado sector.
El presidente de Canatur, Carlos Canales, detalló que la reactivación del sector depende del mismo peruano, debido a que el turismo internacional se encuentra severamente afectado. Recordó que previo a la pandemia, el turismo receptivo albergaba un aproximado de 380 mil extranjeros por mes. Añade que mantienen la esperanza de que este jueves 28 de Julio se anuncie la respuesta a su pedido para que el 30 de julio, que cae viernes, sea no laborable y haya un fin de semana largo.
Se espera que este año los feriados de Fiestas Patrias movilicen a 300,000 viajeros al interior del país, lo que generaría 100 millones de dólares, pero antes de la pandemia el flujo de viajeros era de 1.5 millones y generaban más de 250 millones de dólares.
El gobierno, que viene avanzando en la vacunación, en feriados anteriores ha restringido los desplazamientos para evitar reuniones y reducir el riesgo de contagios.
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE?
Los feriados oficiales son días de descanso que rigen tanto para los trabajadores del sector público como del sector privado y no afectan su remuneración. Incluso, algunos trabajadores reciben una triple remuneración por ese día laborado.
Los días no laborables, en cambio, son declarados por el Gobierno. En el caso del trabajador del sector público, se deben compensar las horas no trabajadas; mientras que el trabajador del sector privado puede acatarlo de manera opcional, según acuerdo entre empleadores y trabajadores.
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