Militares y policías resguardan la Carretera Central luego de los bloqueos realizados durante el paro de transportistas en marzo del 2021. (Foto: Hugo Curotto / Archivo GEC)
Militares y policías resguardan la Carretera Central luego de los bloqueos realizados durante el paro de transportistas en marzo del 2021. (Foto: Hugo Curotto / Archivo GEC)

Ante el aumento significativo del índice delictivo en Lima y el Callao, el Gobierno en apoyo de la Policía Nacional del Perú (PNP), en ambas jurisdicciones, a fin “asegurar el control y el mantenimiento del orden interno” así como “prestar apoyo en la ejecución de operaciones policiales”.

¿Qué opinan exautoridades de las Fuerzas Armadas y la Policía sobre esta medida dada por el Gobierno?

El exdirector de la Policía, Eduardo Pérez Rocha, dijo que la intervención de las Fuerzas Armadas en Lima y el Callao se enmarca en el Decreto Supremo N° 003-2020-DE, el cual reglamenta el empleo y uso de la fuerza por parte de militares en el país.

“Esto le da facultades cuando asumen el control del orden interno, es decir, cuando hay estado de emergencia, y el segundo caso es de pedido de la Policía de apoyo en acciones de orden interno, que es lo que ha pasado”, refirió.

No obstante, enfatizó que las funciones deben ser de apoyo e implicar preparación previa para los militares. Además, dijo que es necesario que ambas instituciones implicadas den a conocer las precisiones y alcances de esta normativa.

“Hoy o mañana, deben dar detalles qué actividades va a cumplir las FF.AA como apoyo de la Policía. Para mí, le debe corresponder asumir servicios públicos, instalaciones estratégicas como seguridad en centros penitenciarios o instituciones públicas. Ese personal de la Policía debe ser reemplazado por militares para que sean reasignados en comisarías e incrementar el patrullaje y presencia policial en la calle”, explicó.

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Por su parte, la exministra de Defensa, Nuria Esparch, señaló a través de cuenta de Twitter que constitucionalmente la Policía se encarga del orden interno, pero pueden intervenir las Fuerzas Armadas cuando la PNP es sobrepasada en su capacidad de control del orden interno, sea previsible o exista peligro de que ello ocurra.

“El uso de las FFAA solo puede ser para garantizar a los ciudadanos el ejercicio de sus libertades y derechos, y no para atentar contra las garantías constitucionales. Por ello es fundamental delimitar con claridad el apoyo requerido”, señaló.