Hasta el 15 de diciembre tienen las empresas para pagar la gratificación de fin de año (Foto: Andina)
Hasta el 15 de diciembre tienen las empresas para pagar la gratificación de fin de año (Foto: Andina)

En diciembre los trabajadores contratados del sector privado recibirán la . Según lo establecido en la Ley 27735, tu empleador está obligado a realizar este abono especial hasta el martes 15 de diciembre.

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Este derecho laboral corresponde a todos los trabajadores contratados, ya sea a tiempo indefinido, plazo fijo o tiempo parcial. Eso sí, para acceder a la , el trabajador debe haber laborado un semestre completo, es decir, entre julio y diciembre, para que reciba una gratificación equivalente a un sueldo entero.

En ese sentido, son muchos los trabajadores que tienen dudas sobre el pago de la . Por ejemplo, ¿qué debo hacer si mi empresa no me paga la gratificación en diciembre? Si te encuentras en esta situación, aquí te explicamos que debes realizar para tomar acciones legales frente a esta infracción.

Hasta el 15 de diciembre tienen las empresas para pagar la gratificación de fin de año (Foto: Andina)
Hasta el 15 de diciembre tienen las empresas para pagar la gratificación de fin de año (Foto: Andina)

¿Qué debo hacer si mi empresa no me paga la gratificación en diciembre?

Según lo establecido por la Ley 27735, el pago de la segunda gratificación del año se realiza el 15 de diciembre. Por lo tanto, si el empleador no paga hasta esa fecha, al día siguiente el trabajador puede realizar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Desacuerdo al abogado laboralista Ricardo Herrera, las multas al empleador por incumplimiento en el pago de las gratificaciones pueden variar entre 500 y 420 mil soles, dependiendo del número de trabajadores afectados y de la cantidad de infracciones involucradas, según explicó al portal Andina.

¿Quiénes reciben la gratificación diciembre 2020?

La ley 27735 especifica que reciben gratificación los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada; es decir, aquellos que se rigen por el Decreto Legislativo 728. Acceden a este beneficio laboral los contratados tanto a plazo fijo como al parcial, aun si su jornada laboral es de menos de 4 horas diarias.

Los trabajadores de grandes y medianas empresas tienen derecho a una gratificación completa, mientras que los de pequeñas empresas recibirán el equivalente a medio sueldo, según la ley 28015.

También tienen derecho a este pago especial los colaboradores que estén de vacaciones, de licencia por maternidad, descanso médico por enfermedad o accidente y quienes tengan permiso con goce de remuneraciones.

¿Recibiré gratificación si me encuentro en suspensión perfecta?

Sí. Los empleados que se encuentren en suspensión perfecta de labores sí pueden recibir la gratificación, siempre y cuando hayan laborado al menos un mes durante el semestre julio-diciembre. De ser así, el monto será proporcional a la cantidad de meses trabajados.

¿Un practicante recibe gratificación?

No. Los practicantes no reciben gratificación; sin embargo, a ellos se les otorga una subvención adicional por cada seis meses de trabajo en la empresa.

La gratificación se otorga a los trabajadores contratados, ya sea a tiempo indefinido, plazo fijo o tiempo parcial (Foto: GEC)
La gratificación se otorga a los trabajadores contratados, ya sea a tiempo indefinido, plazo fijo o tiempo parcial (Foto: GEC)
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