El Congreso de la República aprobó ayer la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), institución que reemplazará al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Como se recuerda, dicha entidad cayó luego de la difusión de audios que comprometían a varios de sus integrantes por tráfico de influencias y más presuntos delitos.
¿Cómo estará integrada el JNJ?
Serán siete integrantes que serán elegidos cada cinco años. Así, lo informó el presidente Martín Vizcarra hace un mes.Requisitos para estar en la Junta Nacional de Justicia
Acá los requisitos que deben tener para ser elegidos:¿Quiénes no pueden estar en la Junta Nacional de Justicia?
- No pueden estar los alcaldes, gobernador, congresistas, ministros, contralor, directores de los ministerios, presidente de la República y más.
- Pertenecer a una organización política
- Suspendidos por falta grave o expulsados del Colegio Profesional de Abogados
- Condenados por delito doloso o violencia contra mujeres, niños o adolescente
- Los que han cesado de la administración pública por falta grave
- Jueces o fiscales que destituyeron o no ratificaron
- Profesional inhabilitados por sentencia judicial
- Persona que tenga deudas tributarias en cobranza activa, ademas de haber sido declarados en quiebra
- Los inscritos en deudores alimentarios, abogados sancionados por malas prácticas profesionales, condenados o procesados por terrorismo, apología al terrorismo, violación o narcotrafico.
La labor de los miembros de la Junta Nacional de Justicia
Su labor va más allá de nombrar jueces y fiscales de todos los niveles, ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete años. Acá la lista:- Nombrar o renovar el cargo del jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), nombrar o renovar al jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
- Sancionar a los jefes de la ONPE, RENIEC, jueces y fiscales de todos los niveles.
- Nombrar jueces y fiscales de todos los niveles
- Ratificar jueces y fiscales cada 3 años y medio