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La Municipalidad de , prohíbe la actividad ambulatoria de extranjera en la vía pública del distrito y propugna la formalización través de la .

La disposición municipal fue publicada este viernes en el Boletín de Normas Legales del diario El Peruano y señala que se busca salvaguardar la seguridad e integridad de quienes en La Victoria ejercen dicha actividad económica, así como la de sus usuarios y el público en general.

“Declarar que a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza la actividad de Cambio de Moneda Extranjera (compra - venta de moneda nacional y extranjera) se determina como giro no conforme para su ejercicio ambulatorio en los espacios públicos de la jurisdicción distrital de La Victoria, señala el dispositivo.

Nueva ordenanza

Ahora, la actividad económica de cambio de moneda extranjera en La Victoria solo se ejercerá de manera formal, es decir, en establecimientos o locales que cuenten con la Autorización Municipal de Funcionamiento correspondiente, de conformidad a lo establecido en el TUPA Municipal.

Además, será la Subgerencia de Comercialización y Promoción Empresarial la encargada de brindar la información, orientación y atención pertinentes sobre el trámite que conlleve a la obtención de la precitada autorización.

No obstante, indica que, de manera excepcional se suspende las medidas coercitivas de erradicación del ejercicio de dicha actividad económica ambulatoria en La Victoria, durante el término de 60 días calendario, contado desde la vigencia de la presente ordenanza. Esto para permitir que los cambistas que laboran en la vía pública puedan adecuarse y formalizarse, transcurrido dicho plazo recién se procederá a su erradicación de los espacios públicos del distrito.

Una vez que aplique esta disposición la actividad ambulatoria de cambio de moneda extranjera en los espacios públicos de La Victoria, se multará hasta con 40 UIT.

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