En la imagen se observa el aumento del caudal y desborde del río Rímac, que atraviesa varios de los distritos declarados en emergencia por la PCM. (Archivo / GEC)
En la imagen se observa el aumento del caudal y desborde del río Rímac, que atraviesa varios de los distritos declarados en emergencia por la PCM. (Archivo / GEC)

La Presidencia del Consejo de Ministros declaró en estado de emergencia por peligro inminente ante inundaciones por desbordes de los cauces de los ríos Chillón, Rímac y Lurín a los distritos de Carabayllo, Comas, Los Olivos, Puente Piedra, San Martín de Porres, Ate, Chaclacayo, El Agustino, Cercado de Lima, Lurigancho, Rímac, San Juan de Lurigancho, Cieneguilla, Lurín y Pachacamac.

El Decreto Supremo , publicado en el diario El Peruano, señala que la medida tiene vigencia de 60 días calendario, para la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente.

La Municipalidad Metropolitana de Lima y los gobiernos locales comprendidos coordinarán con el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci). También participan los ministerios de Salud, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Agricultura y Riego, Transportes y Comunicaciones, Interior y Defensa.

Se agrega que dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

“La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente”, se establece.

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