Por cada mesa de votación, la ONPE elige tres miembros de mesa titulares y tres suplentes (Foto: ONPE)
Por cada mesa de votación, la ONPE elige tres miembros de mesa titulares y tres suplentes (Foto: ONPE)

El domingo 2 de octubre se llevará a cabo las , donde más de 24 millones de peruanos acudirán a las urnas para para elegir a los próximos gobernadores regionales y alcaldes, distritales y provinciales, por los siguientes cuatro años. Debido a que falta poco para los comicios, son muchos los ciudadanos que se preguntan si fueron elegidos miembros de mesa para que puedan cumplir a cabalidad sus funciones.

Si también eres uno de ellos, no te preocupes que a continuación te contamos cuándo fue o será el sorteo, si saliste elegido, quiénes ocuparán dichos cargos y los que no podrán serlo, entre otros puntos más; así que presta mucha atención.

Como en todos los comicios anteriores, el rol de los miembros de mesa el día de las elecciones, el próximo 2 de octubre, será muy importante (Foto: ONPE)
Como en todos los comicios anteriores, el rol de los miembros de mesa el día de las elecciones, el próximo 2 de octubre, será muy importante (Foto: ONPE)

FECHA DEL SORTEO DE MIEMBROS DE MESA

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) elegirá este viernes 22 de julio a los miembros de mesa de las 84,323 mesas de sufragio.

La designación se realiza por sorteo entre una lista de veinticinco ciudadanos seleccionados entre los electores de la Mesa de Sufragio. El proceso de selección y sorteo está a cargo de la ONPE, en coordinación con el RENIEC. En este mismo acto son sorteados otros tres miembros, que tienen calidad de suplentes, precisa la entidad electoral.

Los miembros verifican que el material de la ONPE esté en buen estado e instalan la mesa de votación para recibir a los electores (Foto: ONPE)
Los miembros verifican que el material de la ONPE esté en buen estado e instalan la mesa de votación para recibir a los electores (Foto: ONPE)

¿QUIÉNES SERÁN ELEGIDOS MIEMBROS DE MESA?

Se elige, de preferencia, a los ciudadanos con mayor grado de instrucción de la mesa correspondiente o a los que aún no hayan realizado dicha labor.

¿QUIÉNES NO PUEDEN SER ELEGIDOS MIEMBROS DE MESA?

La ONPE detalló qué ciudadanos no deben ser elegidos, de ninguna manera, miembros de mesa:

  • Los candidatos y personeros de las organizaciones políticas.
  • Los funcionarios y empleados de los organismos que conforman el Sistema Electoral peruano.
  • Los miembros del Ministerio Público que, durante la jornada electoral, realizan funciones relacionadas con la prevención e investigación de los delitos electorales.
  • Los funcionarios de la Defensoría del Pueblo que realizan supervisión electoral.
  • Las autoridades políticas.
  • Las autoridades o representantes provenientes de elección popular.
  • Los ciudadanos que integran los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones.
  • Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una misma mesa.
  • Los cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad de los candidatos que residen en el ámbito de la jurisdicción en la cual postulan.
  • Los electores temporalmente ausentes de la República, de acuerdo con las relaciones correspondientes que remita el Reniec.
  • Los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que realicen actividades relacionadas con el desarrollo de los procesos electorales.
  • Los miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
El presidente asume la representación de la mesa y la conducción de los actos principales. El secretario y el tercer miembro tienen la obligación de permanecer junto al presidente apoyando las tareas de instalación, sufragio y escrutinio (Foto: ONPE)
El presidente asume la representación de la mesa y la conducción de los actos principales. El secretario y el tercer miembro tienen la obligación de permanecer junto al presidente apoyando las tareas de instalación, sufragio y escrutinio (Foto: ONPE)

SI SALGO ELEGIDO MIEMBRO DE MESA, ¿PUEDO PEDIR QUE ME EXCLUYAN?

Para esto debes tener en cuenta que el cargo de miembro de mesa es irrenunciable; aunque hay excepciones como los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del país o ser mayor de 70 años de edad; además de los señalados en el punto anterior.

El cargo de miembro de mesa es irrenunciable (Foto: ONPE)
El cargo de miembro de mesa es irrenunciable (Foto: ONPE)

SI NO CUMPLO MI FUNCIÓN DE MIEMBRO DE MESA ¿QUÉ PASA?

A pesar de que sabes que el cargo es irrenunciable, pero decides no cumplir con tu deber, tendrás que pagar una multa económica.

  • Si fuiste sorteado miembro de mesa, titular o suplente, y no te presentas a ejercer esta función pagarás una multa de S/ 230.
  • Si, además, no asistes a votar, pagarás una segunda multa por elector omiso. De lo contrario, solo pagarás la multa de miembro de mesa.

¿Cuáles son las multas para los electores omisos?

Cabe precisar que los ciudadanos con derechos civiles vigentes están obligados a votar. Para los mayores de setenta años, el voto es facultativo. Si no sufragas pagarás una multa en la siguiente escala:

  • Si vives en distrito no pobre: S/ 92
  • Si vives en distrito pobre no extremo: S/ 46
  • Si vives en distrito pobre extremo: S/ 23
A las elecciones del 2 de octubre acudirán más de 2 millones de ciudadanos (Foto: ONPE)
A las elecciones del 2 de octubre acudirán más de 2 millones de ciudadanos (Foto: ONPE)

¿ME PAGARÁN POR SER MIEMBRO DE MESA?

Los miembros de mesa que ejerzan el cargo en las Elecciones Regionales y Municipales del 2 de octubre recibirán una compensación económica de S/ 120.

Los protocolos de higiene y seguridad seguirán activados (Foto: ONPE)
Los protocolos de higiene y seguridad seguirán activados (Foto: ONPE)