¡Cuidado! Manejar con la licencia vencida podría costarle muy caro, así lo advirtió el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Ante ello, los conductores deberán solicitar una revalidación para volver a conducir libremente por la ciudad y evitar duras sanciones.
Además, la entidad recordó a la población la tabla de sanciones para vehículos particulares y profesiones.
La primera vez que uno sea sancionado por conducir con brevete vencido se le impondrá una multa de S/. 215 (5% de la UIT) + S/ 50.00 por cada mes transcurrido desde la fecha de vencimiento.
La segunda vez: S/. 1,290 (30% de la UIT) + S/ 50.00 por cada mes transcurrido desde la fecha de vencimiento.
En la tercera oportunidad y en adelante: S/. 2,580 (60% de la UIT) + S/ 50.00 por cada mes transcurrido desde la fecha de vencimiento + inhabilitación por 1 año para obtener licencia de conducir.
Cabe anotar que el nuevo Código de Tránsito sanciona con S/2,150 a los choferes que conduzcan con una licencia cuya clase o categoría no corresponda al vehículo que maneja. Al mismo tiempo, por este caso se les suspenderá el brevete por un año.
Evite problemas y revalide su licencia
Las solicitudes de revalidación en Lima y provincias pueden ser presentadas en cualquier momento, antes o después del vencimiento de la licencia y sin pasar por un nuevo examen práctico de manejo.
Eso sí, es indispensable haber aprobado el examen médico antes de revalidar el brevete. El examen de conocimiento ya no es requisito para revalidar la licencia de la categoría A-I. Sin embargo, en el caso de la conducción de vehículos profesionales sí es necesario dar la citada prueba.
Según el Decreto Supremo Nº 034-2019-MTC, la vigencia de la licencia de conducir de la categoría A-I podrá ser de 5, 8 o 10 años, dependiendo del buen comportamiento desde que se obtuvo la primera licencia o desde la última revalidación. Mientras que en el caso de brevetes profesionales es de 5, 3 y 2 años.
En Lima, la revalidación de la licencia de conducir se puede solicitar vía online https://licencias.mtc.gob.pe/.
Requisitos
- No estar inhabilitado o tener la licencia de conducir retenida según el Registro Nacional de Sanciones.
- No contar con sanciones o multas pendientes de pago.
- No estar privado del derecho a conducir vehículos de transporte terrestre.
El trámite se puede realizar con estos documentos: DNI, Tarjeta de identidad, Carné de solicitante de refugio o asilo o Carné de Extranjería (original y copia), Permiso Temporal de Permanencia, y se deberá adjuntar una fotografía tamaño pasaporte con fondo blanco.