Reglamentan vacaciones de hasta 1 día para trabajadores públicos y privados
Reglamentan vacaciones de hasta 1 día para trabajadores públicos y privados

Mediante un Decreto Supremo publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Gobierno reglamentó el pedido de  por menos de 7 días en  públicos. De igual manera, el  publicó el reglamento necesario para que esta disposición también se cumpla en el sector privado.

La norma que permite fraccionar las vacaciones por periodos menores a 7 días, previo acuerdo con el empleador, se promulgó a fines del año pasado a iniciativa del MTPE.

De esta manera, el trabajador cuenta con hasta siete días hábiles, dentro de los 30 días calendario de su periodo vacacional, para fraccionarlos en periodos inferiores a siete días (hasta un día) y con mínimos de media jornada ordinaria de servicio.

En caso de extinción del vínculo laboral, los días de descanso otorgados por adelantado al trabajador son compensados con los días de vacaciones truncas adquiridos a la fecha de cese. Los días de descanso otorgados por adelantado que no puedan compensarse con los días de vacaciones truncas adquiridos, no generan obligación de compensación a cargo del trabajador.

HAY MÁS...