Una de las principales funciones de la Sunedu es aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, a fin de garantizar una educación superior de calidad a los estudiantes. (Foto archivo referencial GEC)
Una de las principales funciones de la Sunedu es aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, a fin de garantizar una educación superior de calidad a los estudiantes. (Foto archivo referencial GEC)

El presidente Pedro Castillo observó la autógrafa de ley que debilita a la Superintendencia Nacional de Educación Superior (Sunedu) y afecta la reforma universitaria, al considerar que es inconstitucional y atenta contra la imparcialidad, la autonomía e independencia funcional de este organismo. A continuación las razones expuestas:

Afecta su imparcialidad

Sobre la recomposición del consejo directivo de la Sunedu, plantedo por la autógrafa del Congreso, el documento enviado por el mandatario al Legislativo indica que al ser incorporados en este organismo tres rectores, representarían intereses directos de los sujetos regulados, es decir de las universidades públicas y privadas, lo cual dañaría la imparcialidad objetiva de dicha institución.

Pierde potestad para licenciamientos

En otra de las observaciones se indica la afectación al rol del Estado de garantizar la calidad de la educación superior, pues la Sunedu ya no tendría la potestad de aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de facultades, escuelas y programas, lo cual significaría un detrimento del derecho constitucional de la población de acceder a una educación de calidad.

Se volvería a esquema de la ANR

Se precisa además que sería inconstitucional, de acuerdo al Tribunal Constitucional (TC), retornar al esquema organizacional de la desaparecida Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (Conafu).

Sunedu quedaría acéfala

Otra observación formulada por el Gobierno a la norma advierte que retirar la rectoría del Ministerio de Educación (Minedu) dejaría acéfala a la Sunedu y sería contraproducente con la implementación de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria.

Ley invade competencias del Ejecutivo

Asimismo, el Poder Ejecutivo rechaza y considera inconstitucional que se pretenda extinguir a la Sunedu como un Organismo Técnico Especializado (OTE). De acuerdo a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE), es su facultad la creación y disolución de organismos públicos, así como su adscripción a un ministerio.

La autógrafa de ley invade competencias exclusivas del Poder Ejecutivo y vulnera los principios constitucionales de separación de poderes”, sostiene el documento.

Defienden Ley Universitaria

El Ejecutivo remarca, además, que la Ley Universitaria no representa ninguna violación, amenaza o vulneración a la autonomía de las universidades, reconocida por la Constitución en todas sus dimensiones (el régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico), en contraposición con lo que asegura la autógrafa de ley.

Sobre reactivación del Sineace

En la ley aprobada el Congreso también reactiva sin cambios el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace), que fue declarado en reorganización hace ocho años. Al respecto, el Ejecutivo observa que al pretender restituirse su funcionamiento, se afectará su actual proceso de reorganización, que busca asegurar la calidad en la educación superior universitaria (a través de la acreditación).

Constituiría al mismo tiempo una vulneración de los principios constitucionales de separación de poderes y de competencia, dado que para crear un sistema funcional se necesita la opinión favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros, con la cual no se cuenta”, indica el Ejecutivo.

Agregan que restituir a algunos órganos extintos del Sineace (Ipeba, Coneace y Coneau) implicará un gasto público que no está presupuestado, lo que contraviene principios constitucionales como el equilibrio presupuestario (artículo 78 de la Constitución) y la prohibición de iniciativa de gasto público del Congreso (artículo 79).

¿Qué se viene?

Tras la observación de la autógrafa de ley que pone en riesgo la autonomía de la Sunedu, el Congreso tendría que volver a debatirla. Para aprobarla por insistencia se necesitan 66 votos, es decir la mitad más uno del número legal de congresistas.

El Poder Ejecutivo puede presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional, que tomaría una decisión final. No obstante, hasta que se emita el fallo, la ley estaría vigente.

Se conoce que diversos grupos de personas bajo la dirección de la asociación sin fines de lucro Foro Educativo, recolectaron más de 5.000 firmas para presentar una acción de inconstitucionalidad ante el TC, la misma que podría derogar la polémica ley aprobada en el Congreso.

¿Qué dice la Sunedu?

A través de un comunicado la Sunedu saludó la decisión del Ejecutivo de observar la autógrafa de la ley “que atenta contra la reforma universitaria”.

Asimismo, invoca al Congreso, Ejecutivo, universidades y todos los actores del sistema universitario “a sumar esfuerzos, mediante el diálogo abierto y consensuado, para continuar con la mejora de la calidad que reciben todas y todos los estudiantes universitarios”.

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