El Tribunal Constitucional (TC) invalidó la distribución gratuita a nivel nacional de la denominada píldora del día siguiente y ordenó al Ministerio de Salud se abstenga de hacerlo en sus centros del salud, por considerar que no se ha demostrado que no sea abortivo.
Así, el TC declaró fundado el amparo presentado en el expediente 02005-2009-PA luego de evaluar los argumentos presentados por importantes instituciones nacionales e internacionales, sin que se haya podido desvirtuar que, dentro de la teoría de la fecundación, el derecho a la vida del concebido pueda ser gravemente menoscabado por el uso del indicado fármaco.
En ese sentido, la sentencia ordena que los laboratorios que comercializan la píldora del día siguiente incluyan una advertencia destinada a que los consumidores tengan conocimiento suficiente de que el producto podría tener un efecto abortivo.