Tribunal Constitucional: No está prohibido la tenencia de mascotas en departamentos
Tribunal Constitucional: No está prohibido la tenencia de mascotas en departamentos

Después de más de tres años de lucha, Juan Fernando Ruelas Noa, propietario de un departamento ubicado en el piso 16 de un edificio en Magdalena, puede vivir sin ningún problema junto a su perrita 'Chira', una shar pei, que tiene problemas de salud.

El  declaró fundada la demanda de amparo que realizó Ruelas Noa junto a su abogada Sonia Córdova, luego que la junta de propietarios del edificio Antonio Miró Quesada prohibiera la tenencia de mascotas en los departamentos, y si es que no cumplían con el reglamento interno, recibirían una multa de 30 soles cada vez que los dueños de mascotas utilizaran el ascensor. Juan Fernando y Chira vivían en el piso 16.

De acuerdo a la sentencia del TC, considera que las medidas tomadas por la junta de propietarios, constituyen restricciones a los derechos fundamentales del artículo 2 de la Constitución Política del Perú como: el libre desarrollo de la personalidad, la libertad de tránsito y la propiedad privada.

Con esta medida, se advierte que "antes de acordar la prohibición absoluta de mascotas, las juntas de propietarios podrían convenir en alternativas o medidas menos gravosas".

Es decir, la junta de propietarios de los edificios no pueden prohibir la tenencia de mascotas ni el uso de los ascensores con animales.