¡Adiós mausoleo terrorista! Alcalde de Comas demolió polémico monumento funerario (FOTOS)
¡Adiós mausoleo terrorista! Alcalde de Comas demolió polémico monumento funerario (FOTOS)

Con uso de maquinaria pesada, trabajadores de la , con el resguardo de 50 efectivos de la , demolieron el llamado “mausoleo terrorista” ubicado en el cementerio Belaunde.

Antes de la demolición de la estructura, que contenía 51 nichos, se procedió a retirar los ochos cuerpos que yacían en el lugar. Se indicó que estos fueron enterrados en nichos de piso en diferentes puntos del cementerio, aunque no se los señaló.

(FOTO) La maquinaria pesada fue movilizada por el alcalde de la Municipalidad de Comas, Miguel Saldaña.

“Se han sacado los cuerpos con permiso de las autoridades de Salud, con presencia de la Fiscalía de Prevención del Delito y acorde con la Ley 30868, la cual establece el procedimiento que hemos cumplido en todos los requerimientos”, dijo Miguel Saldaña Reátegui, alcalde de Comas.

El burgomaestre indicó que se notificó de esta medida a los familiares, mediante carta notarial y con la debida anticipación.

(FOTO) Ocho cuerpos fueron llevados a nichos separados.

Protestas. 

En los exteriores del cementerio Belaunde, los familiares de los fallecidos durante el motín en el penal del Frontón en 1986 protestaron y fueron impedidos de ingresar por efectivos de la Policía.

“Esta demolición es arbitraria. Es un acto ilegal porque hay un hábeas corpus que quedó al voto. El alcalde Saldaña es un profanador de tumbas”, dijo un familiar, que denunció que no fueron notificados sobre la demolición y tampoco tienen información sobre dónde han sido reubicados.

Los ánimos se encendieron durante la salida del alcalde Miguel Saldaña, pues su vehículo fue interceptado y golpeado por los manifestantes, que lo acusaban de autoritario y de actuar en contra de la ley.

(FOTO) PNP impide ingreso de familiares que piden saber dónde están cuerpos

La medida se dio tras la aprobación de una norma legal que modifica la Ley 26298, de Cementerios y Servicios Funerarios. Se modificó el artículo 26, que establecía que la exhumación de un cadáver para su cremación o traslado a otro recinto solo se podía ejecutar a petición de los deudos o por orden judicial.

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