Las incómodas llamadas telefónicas que a diario realizan diversas empresas para ofrecer sus productos y servicios quedan prohibidas gracias a un dispositivo emitido este miércoles por el Ejecutivo.
Para alegría de miles de peruanos, el Decreto Legislativo 1390, que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571), precisa que las compañías de telefonía, entidades bancarias, establecimientos de comidas, entre otros, no podrán ponerse en contacto con los usuarios que no hayan dado su número telefónico ni su consentimiento para recibir las comunicaciones.
Las entidades no podrán utilizar más, por ejemplo, los conocidos Call Center, sistemas de envío de mensajes de texto masivos, entre otros.
PROTECCIÓN
Además, el Decreto Legislativo 1390 busca proteger a los millones de peruanos contra los métodos comerciales agresivos o engañosos. La normativa prohíbe que los proveedores mermen, de forma significativa, la libertad de elección del consumidor a través de prácticas como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo.
Aunque los usuarios hayan dado su consentimiento para recibir llamadas o mensajes de los proveedores, pueden revocar esta decisión en cualquier momento, según lo establece la Ley Nº 29733, de Protección de Datos Personales.
Millones de peruanos eran afectados por los agentes de las entidades bancarias o de telefonía, quienes efectuaban incómodas y hasta estresantes llamadas telefónicas en horarios de trabajo, fines de semana e, incluso, durante la noche.
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