Pleno del JNE rechaza inscripción del "prosenderista" FUDEPP
Pleno del JNE rechaza inscripción del "prosenderista" FUDEPP

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por el partido político en vías de inscripción Unidad y Defensa del Pueblo Peruano (FUDEPP), según algunos el brazo político de la banda terrorista Sendero Luminoso, y, en consecuencia, confirmó la Resolución emitida por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) de este organismo electoral.
Como se conoce, el 1 de agosto de 2016, la DNROP resolvió, en la Resolución N.° 071-2016-DNROP/JNE, retirar la solicitud de inscripción presentada por la citada agrupación política y, por ende, dio por concluido el procedimiento de inscripción iniciado el 21 de diciembre de 2015.
En ese sentido, el Pleno del JNE, en uno de los considerandos de la Resolución N.° 1147-2016-JNE, señala que, vencido el plazo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica de Elecciones (fecha del cierre del Registro de Organizaciones Políticas), el partido en vía de inscripción Unidad y Defensa del Pueblo Peruano, con el lote que hasta ese momento había presentado, no alcanzó el mínimo de firmas válidas de adherentes que exige el artículo 5, literal b, de la Ley de Organizaciones Políticas.
El presidente del JNE, Francisco Távara, informó en la víspera que su institución dará a conocer en breve lo decidido en torno a la apelación del FUDEPP, considerado frente de fachada del Movadef, movimiento ligado a Sendero Luminoso.
El recurso de apelación fue visto en una audiencia pública por el pleno del JNE el pasado 20 de setiembre. Su presentación estuvo a cargo de Manuel Fajardo, abogado de Abimael Guzmán, cabecilla de la referida agrupación terrorista.
Távara dijo que "un movimiento que quiere utilizar a la democracia para destruirla, no puede tener cabida", con lo cual era evidente que la inscripción no iba a prosperar.

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