Cortar las orejas a un animal es maltrato.
Cortar las orejas a un animal es maltrato.

Golpear “fuertemente” y recortarle las orejas a un cachorro que luego murió, con fines estéticos, es decir para que se vea a gusto del amo, no constituye delito de maltrato y quedará impune, según una criticada sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia (España), que la Fiscalía rechazó por apartarse de la doctrina del Tribunal Supremo. Sin embargo, tal injusticia no se puede recurrir en casación para enmendar la grave arbitrariedad.

La Audiencia Provincial de Valencia razona que un falso veterinario no actuó con el propósito de causarle “un padecimiento grave al animal”, que falleció después de la intervención y de que le pegara para “mostrarle autoridad”, informa el reconocido y serio diario español El País.

En el caso enjuiciado, el acusado se dedicaba a criar en su domicilio, donde realizaba de manera informal actividades propias del ámbito veterinario. Sin embargo, carecía de la formación y titulación necesaria para ello. Informado por una amiga de los servicios que prestaba, el propietario de un cachorro de la raza American Bully le llevó allí al animal para que le practicara una intervención quirúrgica en las orejas. Según la sentencia, en el proceso judicial no quedó demostrado que el dueño conociera “la ilicitud de tal operación”, practicada con fines estéticos.


Corte de orejas

Previa administración de la oportuna anestesia, el acusado le cortó las orejas al perro, que precisó puntos de sutura. Días más tarde, el propietario del animal regresó con el animal al domicilio del sujeto para que se los retirara. Pero como se movía, “y con el fin de mostrarle autoridad”, el falso veterinario “lo cogió del cuello y del lomo y, alzándolo unos veinte centímetros, lo golpeó fuertemente dos veces sobre la mesa de acero inoxidable, quedando el perro aturdido y jadeando”.

Después de dichos impactos, el cachorro sufrió una perforación pulmonar, lo que le provocó un “edema con hemorragia pulmonar masiva”. Fue entonces cuando el dueño del perro lo llevó a una clínica veterinaria, donde el animal falleció.

Tras ello, los dueños del animal le reclamaron al acusado una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. Aunque se lo habían regalado, en el proceso se estableció que “el valor de un American Bully oscila entre los 300 y 500 euros, según su estado y características específicas”. El coste de la atención veterinaria ascendió a 170 euros.


Hubo condena en primera instancia

Aunque en primera instancia el sujeto fue condenado como autor de un delito continuado de maltrato animal y como autor de un delito de intrusismo profesional, la Audiencia Provincial de Valencia ha revocado el fallo y lo ha absuelto del primer ilícito.

Dice el tribunal que no se probó que el falso veterinario le produjera “un padecimiento grave al animal, pues no resulta de ninguna de las pruebas periciales practicadas”. Y este es el requisito que “se exige para la comisión del delito” a la luz del Código Penal.

“En concreto, no consta que la operación de corte de las orejas alterara la funcionalidad del órgano auditivo, ni menoscabara el bienestar del animal. En definitiva, los peritos no han proporcionado elementos de juicio o datos que permitan calificar esta operación como de graves consecuencias”, reza la sentencia.

Aunque el veterinario que atendió al animal indicó que la causa de la muerte fue el “edema pulmonar agudo” producido después de los golpes, no se realizó una necropsia para determinar “con certeza la causa del fallecimiento”.

Así, informa el diario español El País, el tribunal razona que “este delito solamente puede cometerse en forma dolosa, es decir, con la intención de maltratar y causar la muerte”. Y llega a la conclusión de que “el acusado golpeó el perro con el fin de mostrarle autoridad, es decir, para adiestrarlo, no para matarlo”.

“El derecho a la presunción de inocencia obliga a entender que el acusado actuó confiando en que no mataría al animal, incluso en el caso de que se hubiera representado la mera posibilidad de que los golpes generaran complicaciones para la salud, incluso para la vida del animal. Esto sitúa su comportamiento en el terreno de la imprudencia, en este caso no penada, sin perjuicio de la responsabilidad civil que corresponda”, argumenta la Audiencia Provincial de Valencia al revocar el fallo de primera instancia y absolver al falso veterinario del delito de maltrato animal.


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