Si eres propietario de un terreno, sea urbano o rústico, un departamento o una cochera, edificio o depósito, debes estar muy atento a estas indicaciones porque se cumplen las características de un predio.
Según el funcionario de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), José Luis Calle, muchas personas suelen confundir la declaración de un predio con el Impuesto Predial. Son distintos. El primero tiene solamente el fin de informar a la entidad de cuántos predios tienes o cuáles han sido sus últimas variaciones sin un costo adicional. De hecho, lo puedes realizar a través de su página web con datos básicos como el número de partida registral, ubicación del predio y datos del propietario o declarante.
¿Quiénes están obligados a declarar?
Las personas que tienen dos o más predios y cuyo autovalúo sea mayor a los s/. 150 mil. También están obligados a realizar este procedimiento quienes hayan cedido sus propiedades a otras personas como sus hermanos o a sus mismos inquilinos. Otro tipo de personas que están sometidas necesariamente a realizar esta tarea son las que tienen un solo predio, pero cuyo valor sea mayor a los s/. 150 mil.
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Las excepciones, explica el funcionario, son aquellas personas que tienen un solo predio con áreas comunes. Es decir, si tienes un edificio que contenga, a su vez, una cochera o varios departamentos, su valor no se declara.
Recuerda que están habilitados de hacer este paso las personas naturales, sociedades conyugales sucesiones indivisas que tengan predios al 31 de diciembre del 2016. Tampoco olvides que quienes no lo hagan serán considerados infractores y esta falta les costará el 15% de una UIT, es decir, S/607,5
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