El Ministerio de Trabajo (Mintra) emitió una resolución que fija disposiciones para la contratación laboral de venezolanos con Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional.
La resolución ministerial, que fue difundido ayer en el diario oficial El Peruano, explica que la contratación laboral a la que se refiere se sujeta al régimen laboral de la actividad privada. Tanto los contratos, como las prórrogas y modificaciones, se celebran por escrito y a plazo determinado, y no debe ser superior a la vigencia del Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional o del PTP.
Todo ello deberá estar vigente el Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario-Provisional el PTP. Asimismo, el empleador de Venezuela como el trabajador pueden acordar que el contrato de trabajo se prorrogue automáticamente conforme a la prórroga del Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario o del PTP, por igual o menor plazo.
La pérdida de vigencia del Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario-Provisional o del PTP, así como el no otorgamiento de este permiso, constituye condición resolutoria que extingue automáticamente el contrato de trabajo.
"Si la prestación de servicios se realiza ininterrumpidamente, el tiempo de trabajo acumulado antes de la obtención de la nueva calidad migratoria es considerado para efectos de los derechos y beneficios derivados de la nueva contratación, mas no para la aplicación de los límites temporales de contratación previstos en las normas laborales correspondientes". ¿Qué te parece esta medida para que los hermanos venezolanos trabajen en Perú?
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