Tras aprobarse el dictamen que propone modificar el artículo 36 de la Ley 28044, Ley General de Educación, la Comisión de Educación, Juventud y Deporte abriría el camino para que el año escolar 2024 sufra un cambio en el requisito de edad mínima para la matrícula de menores en los niveles de educación inicial y primaria.
¿Cuáles serían las edades mínimas para el año escolar 2024?
Cabe precisar que actualmente, según el Ministerio de Educación, los menores de 3, 4 y 5 años pueden ser matriculados al nivel inicial cumpliendo la edad cronológica hasta el 31 de mayo de cada año escolar.
Sin embargo, la iniciativa legislativa precisa que la modificación debe darse con los niños de 3, 4 y 5 años que acceden al nivel inicial de acuerdo a la edad cronológica al 31 de mayo de cada año escolar.
Fundamentos
Para la Comisión de Educación, la nueva fecha establecida ayudará a que el niño enfrente su etapa educativa con madurez emocional y cognitiva. Se espera que esta iniciativa pase al Pleno para que se aplique el próximo año, es decir, en el año escolar 2024.
Los congresistas Esmeralda Limachi (CD-JP) y Esdras Medina (Unidad y Diálogo Parlamentario), coincidieron en que los padres de familia esperan una norma a fin de matricular a sus hijos, en periodo abierto desde el mes de octubre, para el próximo año.
¿Cómo matriculo a mi hijo en un colegio público?
Si eres madre, padre o representante legal de un o una menor en edad escolar, puedes matricularlo en un colegio público de cualquier ciudad del país. Ten en cuenta que hay 2 procesos de matrícula:
- Regular: se realiza, generalmente, entre diciembre y marzo, es decir, es previo al inicio de clases.
- Excepcional: se realiza desde el inicio de clases hasta el término del año escolar.
Para acceder al Sistema Educativo Peruano (SEP), el o la menor debe tener la edad correspondiente al grado en el que se va a matricular hasta el 31 de marzo. En todos los colegios públicos, la matrícula es gratuita y no se condiciona a ningún pedido de los siguientes tipos:
- Compra de materiales: textos escolares, cuadernos de trabajo, útiles o uniformes.
- Examen o entrevista de ingreso.
- Pagos: donaciones, cuotas ordinarias o aportes extraordinarios de la Asociación de Padres de Familia (Apafa).
- Presentación de documentos adicionales a los señalados en la norma.
¿Cuáles son los requisitos?
- Documentos para acreditar identidad del representante legal: DNI, pasaporte, carnet de extranjería o Permiso Temporal de Permanencia (PTP) del padre, madre o representante legal.
Para extranjeros, se podrán presentar los documentos que la Autoridad Nacional de Migraciones reconozca como válidos: carnet de solicitantes de refugio, partidas o actas de nacimiento del país de origen, cédula de identidad del país de origen, pasaporte del país de origen y otros documentos que expida el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Documentos para acreditar la identidad del menor: partida de nacimiento, DNI o pasaporte del o la menor. Si no tienes ninguno de estos documentos, puedes presentar una declaración jurada.
- Si el o la menor tiene alguna discapacidad, debes presentar un certificado de discapacidad o certificado médico que se solicita en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y que acredite su condición. Si no cuentas con estos documentos, puedes presentar la resolución de discapacidad o carnet emitido por el Conadis, el informe psicopedagógico emitido por el Servicio de Apoyo y Asesoramiento a las Necesidades Educativas Especiales (SAANEE), o una declaración jurada.
NO olvidar estos cinco pasos
- Busca un colegio.
- Verifica que el colegio tenga vacantes.
- Presentación de documentación.
- Espera el registro en del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE).
- Recibe la confirmación de la matrícula.