(Foto referencial archivo GEC)
(Foto referencial archivo GEC)

El Poder Judicial sentenció a un sujeto identificado como Justo Pari Buendía por el delito de en agravio de una adolescente de 14 años. La pena impuesta es de tres años y seis meses de pena privativa de libertad, bajo reglas de conducta. El hecho en cuestión ocurrió en el distrito de .

La acusación estuvo a cargo de la Fiscalía de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar del mencionado distrito, logrando una sentencia inmediata.

Según la investigación fiscal, el imputado asediaba a la menor, quien es su vecina, desde hace cuatro meses. El hecho fue comunicado por la menor a su padre, quien pidió al sentenciado que deponga su actuación.

Sin embargo, el último 10 de setiembre, Pari Buendía buscó a la adolescente en su vivienda para proponerle “convivir”, y al ser rechazado, rompió las lunas de la ventana del inmueble de su víctima.

Tras las diligencias preliminares, el Ministerio Público solicitó un proceso inmediato. La sentencia se obtuvo dos días después.

Entre los elementos de convicción presentados por el fiscal figuran la entrevista en cámara Gessel a la menor, la pericia psicológica de la denunciante, del denunciado, y los testimonios, así como la inspección técnica policial.

La sentencia incluye el alejamiento de la menor de edad, bajo apercibimiento de ser recluido en un establecimiento penitenciario.

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