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PJ decidirá el 14 de febrero sobre posible sanción a Aníbal Torres por contactarse con testigo

El exprimer ministro habría infringido una de las reglas de conducta de su comparecencia con restricciones al comunicarse con un testigo.
Fotos: Julio Reaño/@Photo.gec

Redacción Ojo

Actualizado el 31/01/2024, 05:02 p.m.

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria ha programado para el 14 de febrero a las 10:00 a.m. el anuncio de la decisión con respecto al pedido presentado por el Ministerio Público contra el expresidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres. Este pedido se relaciona con la comunicación de Torres con Gustavo Bobbio, exministro de Defensa y testigo en el caso abierto contra el exprimer ministro por el presunto delito de rebelión.

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El juez Juan Carlos Checkley convocó a una audiencia virtual, a la que deberán asistir los representantes de la Fiscalía, Aníbal Torre y su defensa legal. Se prevé que no habrá debate entre las partes, sino que solo se emitirá la decisión.

De acuerdo al Ministerio Público, el expremier habría incumplido las reglas de conducta al haber tenido comunicación con Bobbio, pese a la prohibición dispuesta por el Poder Judicial, por ello solicitó que Torres sea amonestado por infringir una de las normas que debe cumplir durante su proceso judicial.

El requerimiento fue presentado por la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios, bajo la dirección del fiscal Alcides Chinchay, el pasado 23 de enero.

En caso de que el juez acceda a la solicitud de la fiscalía, Aníbal Torres recibiría un apercibimiento o amonestación para que cumpla con sus reglas de conducta. De este modo, en caso de cometer una nueva infracción de este tipo, la fiscalía estaría habilitada para solicitar que se modifique su comparecencia con restricciones, sustituyéndola por una prisión preventiva o arresto domiciliario.

El pedido está vinculado a un encuentro reciente entre Aníbal Torres y Gustavo Bobbio, quien fue ministro de Defensa durante el golpe de estado del 7 de diciembre de 2022. Ambas partes admitieron el encuentro, lo que constituiría una violación a la prohibición del procesado de reunirse con testigos que hayan declarado en la investigación fiscal del caso.

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