El próximo viernes 29 de Junio se llevarán a cabo las celebraciones por el Día de San Pedro y San Pablo. La festividad de la iglesia Católica supone de un día no laborable para los trabajadores del sector privado y público.
Para quienes crean o no, de acuerdo a la profesión que se desempeñe (doctores, policías, periodistas, vendedores, etc.) es posible que tengan que trabajar. No obstante, por trabajar en dicho día serán beneficiados percibiendo hasta 3 remuneraciones diarias.
"En efecto, el artículo 8 del Decreto Legislativo 713 establece que los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo", mencionó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CC.
En pocas palabras, si dicho viernes 29, debes trabajar y no recuperarás tu descanso, podrás percibir de
1) Una remuneración diaria por el feriado
2) Una remuneración por el trabajo realizado, y
3) Una remuneración adicional por haber laborado en día feriado, siempre que no vayas a descansar en otro momento.
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