Entre las 1,917 entidades públicas que no han cumplido con depositar a las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP) el dinero que les retuvieron a sus trabajadores y extrabajadores, figuran 20 instituciones que tienen las deudas más cuantiosas, entre ellas el Ministerio de Educación, los municipios de La Victoria, San Martín de Porres, Bellavista, San Juan de Miraflores, Carmen de la Legua Reynoso, así como el Poder Judicial.
Al respecto, la presidenta de la Asociación de AFP, Giovanna Prialé, reveló a OJO que estas 20 instituciones del Estado representan el 56% de la deuda total, que asciende a 6,975 millones de soles. Además de las citadas entidades públicas que tienen las deudas más altas, están las direcciones regionales de Educación de Piura y Cajamarca, las unidades de gestión educativa de Chota y Sullana, y la Municipalidad Provincial de Huaral.
“Hay más de 570 mil trabajadores y extrabajadores de las entidades públicas que se están viendo afectados porque sus empleadores no han depositado el 10% de sus sueldos que les retienen mensualmente, lo que no les permitirá tener en el futuro una vejez digna”, explicó.
BENEFICIOS.
Ante esta situación, que perjudica directamente a los trabajadores y extrabajadores afiliados a las AFP, se inició el segundo Régimen de Reprogramación de Aportes Previsionales para el Fondo de Pensiones (REPRO-AFP II). La medida, impulsada por la Asociación de AFP (AAFP), busca que las entidades públicas que no hicieron los aportes a los fondos de ahorro previsional de sus empleados lo hagan a partir de este año.
“Buscamos que más de 1,917 entidades públicas, tanto de Lima como del interior del país, se acojan a la segunda convocatoria del REPRO-AFP para que puedan devolverles a los afiliados los aportes que no se depositaron en su Cuenta Individual de Capitalización", sostuvo Prialé.
Las instituciones del Estado, desde ahora y hasta mediados de marzo, deben sincerar sus deudas para luego acogerse a esta modalidad de reprogramación. Entre los beneficios que tendrán figuran la extinción de multas, recargos e intereses que la deuda tenía antes de ser acogida por las entidades. También se ha dispuesto la suspensión de los procedimientos de cobranza judicial contra las entidades por los aportes previsionales incluidos dentro de la deuda acogida al REPRO-AFP II.
Se estima que estos beneficios permitirían que las entidades públicas rebajen la deuda total de 6,975 millones de soles a 915 millones de soles. El plazo final para acogerse al Repro AFP II es el 10 de abril de 2020 y podrán devolver los aportes hasta en 120 cuotas.
“Estamos trabajando con entidades de diversas localidades del Perú para ayudarlas a acogerse al REPRO-AFP II y puedan pagar sus deudas. Es importante que se sumen a este régimen para garantizar que los trabajadores, al momento de su jubilación, cuenten con todos sus aportes y que su fondo rinda la pensión que les corresponde, la cual es producto del ahorro que han realizado durante toda su etapa laboral”, comentó Prialé.
ANTECEDENTE.
El 18 de diciembre de 2019, como es público, el Poder Ejecutivo emitió un Decreto de Urgencia que dispuso la segunda etapa del REPRO-AFP, con el fin de acoger a las entidades que no lo hicieron la primera vez, en 2017. El cumplimiento de los pagos por parte de las instituciones que se acojan será fiscalizado por la Contraloría General de la República.
Finalmente, Prialé recomendó a los afiliados que revisen constantemente el Estado de Cuenta de su AFP y verifiquen si su empleador está abonando mensualmente los aportes correspondientes a su fondo previsional.
“Es necesario saber cuánto se está aportando a la AFP y verificar si todos los meses el empleador está depositando el 10% de nuestra remuneración mensual a nuestro fondo. Así vamos a poder detectar cuándo la entidad para la que estamos trabajando no lo ha hecho”, concluyó.