La intervención del Minsa en Arequipa es en materia económica y financiera ante el incremento de contagios y muertes por COVID-19. (Foto: Diego Ramos/GEC)
La intervención del Minsa en Arequipa es en materia económica y financiera ante el incremento de contagios y muertes por COVID-19. (Foto: Diego Ramos/GEC)

El Ejecutivo publicó el que dicta medidas extraordinarias para mitigar la crisis sanitaria en Arequipa debido al incremento de contagios y fallecidos del nuevo coronavirus. Se trata de acciones, en materia económica y financiera, que permiten la intervención del Ministerio de Salud (Minsa).

La norma remarca que la intervención del Minsa, como Autoridad Nacional de Salud, en la gestión de acciones dentro de la citada región, es de carácter temporal, administrativo y asistencial.

En ese sentido, precisa que la vigencia del D.U. es hasta el término del estado de emergencia sanitaria declarada por el COVID-19, que fue ampliada por 90 días más a inicios de junio y va hasta el 7 de setiembre en todo el país.

Acciones

A continuación, las acciones que el Ministerio de Salud ejecutará con la finalidad de mitigar la crisis que se vive en esta región por el aumento de casos de COVID-19 en el país:

  • Acciones en materia de gestión de Recursos Humanos: designar, contratar personal, realizar desplazamientos y trasladar personal, entre otros.
  • Acciones en materia de abastecimiento: Realizar contrataciones de acuerdo con el régimen legal vigentes.
  • Acciones en materia de presupuesto: efectuar modificaciones presupuestales, certificar, comprometer, devengar, formular demandas adicionales, entre otros.
  • Acciones en materia de tesorería y contabilidad: realizar giros, viáticos, gestionar fondos, registrar el gasto, elaborar estados financieros, entre otros.
  • Acciones en materia de inversión pública: formulación y evaluación de proyectos de inversión y/o aprobación de inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, así como su ejecución, cautelando la sostenibilidad de las intervenciones previstas en dichas inversiones.
  • Acciones en materia de Planeamiento Estratégico: formular modificaciones, seguimiento y evaluaciones del plan operativo institucional, plan estratégico, entre otros.
  • Gestión del Primer Nivel de Atención: organizar e implementar las intervenciones estratégicas en materia de salud pública, entre otros.
  • Gestión Hospitalaria: organización de recursos humanos, físicos, financieros de los establecimientos de salud, entre otros.
  • Vigilancia Epidemiológica: fortalecer el sistema de vigilancia epidemiológica, entre otros.
  • Gestión en Salud: movilización de recursos, referencias y contrarreferencias, gestión prehospitalaria, entre otros.

Financiamiento

El dispositivo precisa que se autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Minsa para financiar las acciones en el marco de la intervención en Arequipa.

Contrataciones

El decreto indica que los contratos administrativos de servicios que se suscriban tienen naturaleza estrictamente temporal y quedan resueltos automáticamente una vez culminada la emergencia sanitaria declarada. Estos ingresos de personal extraordinarios son registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

En el caso de las contrataciones que se realicen hasta el 30 de agosto de 2020, las mismas quedan exoneradas del registro AIRHSP de manera previa a la contratación, debiendo remitir a la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos (DGGFRH) del Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud del registro correspondiente en un plazo máximo de hasta diez 10 días hábiles después de la suscripción del contrato.

Los perfiles de puestos de los contratos administrativos de servicios, así como la documentación que sustenta el cumplimiento de los requisitos del perfil por parte del personal en proceso de vinculación son registrados en el Portal Talento Perú, administrado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir).

El decreto de urgencia fue refrendado por el presidente Martín Vizcarra. Asimismo, contiene las rúbricas del titular del Consejo de Ministros, Pedro Cateriano; la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva; la Ministra de Justicia y Derechos Humanos; Ana Neyra y la ministra de Salud, Pilar Mazzetti.

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El último miércoles, el jefe de Estado anunció que el Ministerio de Salud asumirá, como Autoridad Nacional de Salud, la gestión de acciones en Arequipa, afectado por el incremento de casos del coronavirus.

“Hay recursos, hay voluntad y decisión para atender el problema de Arequipa”, remarcó. El mandatario sostuvo que en su reciente visita a la región del sur pudo evidenciar las deficiencias de la respuesta sanitaria a la pandemia, pese a que fueron enviadas a la fecha alrededor de 110.000 pruebas para tamizaje; así como 440.397 unidades de medicamentos (hidroxicloroquina, ivermectina, azitromicina, entre otros) y más de un millón de equipos de protección personal.

Indicó que ya se encuentra en Arequipa un equipo del Minsa y de EsSalud para revertir, en el más breve plazo, la crítica situación frente al COVID-19 en la que se encuentra el departamento del sur peruano.

Por su parte, la ministra de Salud, Pilar Mazzetti, afirmó que en momentos difíciles no se puede demorar en adoptar determinaciones, porque eso implica costo de vidas. “Como Gobierno hemos podido brindar apoyo técnico y en el caso de Arequipa los equipos técnicos han estado hasta en tres oportunidades”, dijo.