Los ministerios del Interior y de Defensa informaron que los trabajadores dedicados a actividades esenciales que deban movilizarse durante el aislamiento social obligatorio deberán tramitar el nuevo Pase Personal Laboral vía internet.
¿Cómo tramitar el pase para transitar?
En un comunicado explicaron que este documento reemplazará a los Pases Especiales de Tránsito que tendrán vigencia solo hasta mañana, martes 31 de marzo. Por esa razón, ambas instituciones precisaron que en el transcurso de este lunes se habilitará el siguiente link: https://www.gob.pe/paselaboral donde se encontrará el formulario a ser completado por los solicitantes.
Una vez habilitada la plataforma, los ciudadanos deberán consignar información adicional de manera obligatoria, la cual servirá como filtro para identificar y sancionar a aquellos que realicen el trámite sin estar comprendidos en las categorías de trabajadores esenciales.
Datos adicionales para tramitar pase laboral
Entre los datos adicionales que se exigirá a los solicitantes está el RUC de la empresa o entidad en la que laboran, así como la dirección de correo electrónico institucional de sus superiores, el horario de trabajo, el trayecto desde el domicilio al centro de labores, entre otros.
En caso de las personas dedicadas al cuidado de adultos mayores, niños o personas en estado de vulnerabilidad, deberán consignar, además, los datos del empleador para la verificación correspondiente.
“Con toda esta información, la Policía Nacional realizará operativos y visitas aleatorias de control y, de comprobar que las personas brindaron información falsa, no solo anularán el pase, sino que procederán a denunciarlos penalmente por el delito contra la fe pública que tiene una pena privativa de la libertad no menor de 2 ni mayor de 4 años”, se lee en el comunicado.
Renovación cada 48 horas
El Mininter y Mindef señalan que el Pase Personal Labora deberá ser renovado cada 48 horas. Además, será portado impreso y/o como captura de pantalla en el teléfono celular junto con el DNI y el fotocheck de la entidad o empresa para ser mostrado obligatoriamente a requerimiento de la Policía Nacional o la Fuerza Armada.
Asimismo, aclaran que los números de DNI de las personas incluidas en el Registro Informático de Infractores de las medidas de restricción e incluso los más de 20 mil detenidos antes de la vigencia del mismo, han quedado inhabilitados para tramitar el Pase Personal Laboral.
Por ello, precisaron que Pase Personal Laboral está reservado para los trabajadores de actividades esenciales claramente especificados en los decretos supremos 044-2020-PCM y 046-2020-PCM, que son los siguientes:
PERSONAS QUE PODRÁN MOVILIZARSE LAS 24 HORAS
a. Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.
b. Servicios Públicos Esenciales de Agua, Saneamiento, Energía Eléctrica, Gas, Hidrocarburos, Limpieza y Recojo de Residuos Sólidos.
c. Servicios de Telecomunicaciones.
d. Servicios Funerarios.
e. Servicios de Transporte de Carga, Mercancías y Actividades Conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
f. Personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.
g. Personal del Sector Público que atiende labores relacionadas con la emergencia.
h. Personal de serenazgo y fiscalización de los Gobiernos locales.
i. Personal de Medios de Comunicación y distribución de diarios y revistas.
j. Servicio de traslado de Choferes de Servicio Urbano Masivo.
PERSONAS QUE PUEDEN MOVILIZARSE DURANTE HORARIO DE AISLAMIENTO SOCIAL OBLIGATORIO
a. Servicio de Transporte Urbano Masivo de Pasajeros autorizados.
b. Servicio de Traslado de Trabajadores de Empresas y entidades dedicadas a actividades esenciales.
c. Taxi Registrados y Autorizados por la ATU.
d. Personal de empresas de seguridad.
Ambas instituciones exhortaron a la ciudadanía a no tramitar el Pase Personal Laboral si no se encuentran dentro de estas categorías, pues se exponen a ser denunciados penalmente.
Asimismo, piden a los trabajadores esenciales a utilizar con responsabilidad el Pase Personal Laboral y no valerse del mismo para realizar actividades distintas a las relacionadas con la atención de la emergencia o, en el caso de los periodistas, la cobertura de la misma.