Retiro de AFP: Los tres tipos de devolución que aprobó el Congreso podrán solicitarse de forma virtual
Retiro de AFP: Los tres tipos de devolución que aprobó el Congreso podrán solicitarse de forma virtual

El lunes 2 de noviembre, el Pleno del aprobó un texto sustitutorio que faculta de capitalización (CIC) de aportante de las que hasta el 31 de octubre de 2020 no acrediten aportes de por lo menos 12 meses consecutivos.

El retiro del 100%, que exigen aportantes, quedó en nada. La ley no se aplicará a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo (retiro de gasta 95.5% desde los 50 y 55 años en mujeres y hombres, respectivamente)

¿QUÉ TIPOS DE RETIROS CONTEMPLA LA NORMA?

Retiro de hasta S/ 17,200 soles

Los afiliados podrán presentar la solicitud para la devolución de sus aportes de forma remota, virtual o presencial y por única vez, dentro de los 90 días tras la vigencia del reglamento.

El pago será en tres armadas de hasta 1 UIT cada 30 días con el primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud a la AFP del afiliado. Eso es aplicable para el segundo y el tercer pago.

En caso el afiliado desee dejar de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización (CIC), podrá solicitarlo a la AFP 10 días antes del desembolso.

El monto transferido es intangible: no puede ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación por orden judicial y administrativa.

Retiro excepcional hasta S/ 4,300

Se autoriza el retiro excepcional de hasta 1 UIT (S/ 4,300) para los afiliados que no registren aportes hasta octubre del 2020 y que no sean beneficiarios de lo establecido en el artículo 1 de la presente ley. La entrega se efectúa en un plazo máximo de 30 días y se podrá presentar la solicitud de forma remota, virtual o presencial.

Casos de salud hasta S/ 17,200

Se dispone el retiro extraordinario de hasta 4 UIT (S/ 17,200) en un solo pago de los fondos de pensiones estén aportando o no y que sufran enfermedades oncológicas y/o de hematología clínica diagnosticadas por el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y por entidades de salud públicas y privadas en el país, según corresponda. El desembolso se realizará en 30 días y la solicitud puede ser de forma remota, virtual o presencial.

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