Este 15 de julio vence el plazo para que las empresas realicen el depósito respectivo de la gratificación a sus trabajadores por Fiestas Patrias. Al respecto la Cámara de Comercio detalló que los trabajadores del sector privado no solo recibirán un sueldo por este concepto sino también una bonificación extraordinaria del 9%, conforme a lo prevista en la Ley 30334.
Asimismo, para el caso de trabajadores afiliados a una (EPS) Empresa Prestadora de Salud, la bonificación extraordinaria será del 6.75% del monto de la gratificación y no del 9%.
Por otro lado, la CCL recomendó que el pago o el depósito se efectúen hasta el sábado 14 de julio, ya que 15 cae domingo y según la Ley 27735 las empresas tienen hasta el 15 de julio para cumplir con tal deber.
Además tanto el pago de la gratificación y la bonificación extra deben constar en la planilla de julio 2008.
¿ Quiénes tienen derecho a cobrar gratificación?
Trabajadores subordinados de la actividad privada con contrato a plazo fijo y a tiempo parcial, además trabajadores socios de cooperativas de trabajadores.Trabajadores de las pequeñas empresas inscritas en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa. Ellos recibirán medio sueldo conforme al DS. 013-2013-Produce.
Además, las trabajadoras del hogar tienen derecho a una gratificación equivalente a medio sueldo (Ley Nº 27986).
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