El Tribunal Constitucional, elegido por el actual Congreso, ordenó que se suspendan las investigaciones iniciadas por el Ministerio Público contra la presidenta Dina Boluarte hasta que culmine su mandato el 28 de julio del 2026, al declarar fundada la demanda competencial presentada por el Ejecutivo sobre este tema.
Con esta decisión, detuvo las indagaciones que se le siguen a la mandataria por las muertes en las protestas sociales contra su Gobierno, la desactivación del Equipo Especial Policial de Apoyo al Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción en el Poder (Eficcop), los casos “Rolex”, “cofre presidencial”, “cirugías”, entre otros.
Además, el órgano supremo dispuso que la Fiscalía solo podrá realizar como diligencias preliminares la toma de declaración de la presidenta (máximo dos veces), pedidos de información y solicitar entrega de pruebas.
POLÉMICA. El fallo ha causado discrepancia entre los especialistas. Para Marianella Ledesma, expresidenta del Tribunal Constitucional, “favorece la impunidad” y “debilita la lucha contra la corrupción”; mientras que el abogado penalista Roberto Pereira, consideró que le han dado “un salvavidas político” a Boluarte, lo cual es un error.
En tanto, el abogado constitucionalista Natale Amprimo respaldó la resolución al argumentar “que restringe diligencias que puedan afectar la investidura presidencial”. Congresistas como José Cueto y María del Carmen Alva también defendieron esta decisión.
OJO AL DATO. Boluarte solo puede ser investigada por los delitos del artículo 117 de la Constitución como traición a la patria e impedir las elecciones.




