Ejecutivo promulga decreto que elimina beneficios penitenciarios a sicarios
Ejecutivo promulga decreto que elimina beneficios penitenciarios a sicarios

Los peruanos viven aterrados. Solo en Lima, el 90,6% tiene miedo de ser blanco de la delincuencia, según el INEI. La situación se vuelve más crítica en el interior del país. La mayoría de delitos que se cometen son robos de dinero, cartera y celular (17%). Les siguen robo de vehículos, asaltos a negocios, estafas, amenazas, secuestros y extorsiones.

Para atenuar la inseguridad ciudadana, que crece a diario en el país, el Ejecutivo promulgó ayer el Decreto Legislativo 1244, que prohíbe los beneficios penitenciarios para sicarios e incrementa las penas para el crimen organizado y la tenencia ilegal de armas.

Sin beneficios. Según la norma, los sicarios no podrán acceder a los beneficios penitenciarios, la redención de la pena por el trabajo y la educación, la semilibertad y la liberación condicional.

También, según el decreto, se modifican los artículos 279 y 317 del Código Penal y se sanciona con penas de seis a 15 años de prisión a quienes fabriquen o posean artefactos explosivos. Similar pena será para quien presta o trafica dichos artefactos, y para el que los transporta sin autorización.

De ocho a 15 años, y de 180 a 365 días-multa recibirá quien organice o integre una organización criminal de tres a más personas.

Líderes, jefes o financistas irán de 15 a 20 años de cárcel. Igual condena recibirán si causan la muerte o lesiones graves durante el crimen.

Quien fabrique, comercialice o porte armas sin estar autorizado irá a prisión de seis a diez años. La pena privativa será no menor de ocho años ni mayor de 12 años cuando las armas sean de propiedad del Estado. Si el agente es miembro de las Fuerzas Armadas o de la Policía, la pena será no menor de diez años, ni mayor de 15 años.

La norma precisa que quien integre una banda delictiva recibirá una pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con entre 180 y 365 días-multa.