El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), aprobó la norma que prohíbe la venta o alquiler de decodificadores en el servicio de Televisión de Paga (Cable).
La medida se justifica por Osiptel al "considerar que estos equipos [decos] son imprescindibles para disfrutar del servicio y forman parte de la red del operador", según apuntó el ente regulador este martes en un comunicado oficial.
"Con estas normas, se garantiza una mayor transparencia y simplicidad en la contratación y cobro del servicio, y se promueve a su vez condiciones adecuadas para una mayor intensidad competitiva en el mercado de televisión de paga", manifestó el Presidente del Consejo Directivo de Osiptel, Rafael Muente.
A partir de ahora, entrarán en vigencia los siguientes conceptos:
1. Tarifa de Acceso: Pago único al contratar el servicio. Incluirá la instalación y/o activación del mismo.
2. Tarifa de Uso: Pago para mantener activo el servicio. Incluirá la habilitación de un punto de acceso como mínimo.
3. Tarifa por Punto de Prestación Adicional: Pago por la habilitación de cada punto adicional que solicite el abonado en un mismo contrato de servicio.
OJO CON ESTO
Cineplanet envía comunicado y aclara información falsa que circula en redes
Los memes más divertidos tras resolución que permite ingresar alimentos a cines
Clientes podrán llevar sus propios alimentos al cine
HAY MÁS...