Las denominaciones de "leche" o "queso" no pueden utilizarse en productos de origen vegetal, como la "leche de soya", ya que están reservadas a los alimentos de origen animal, estimó este miércoles la justicia europea, a pesar de que el Diccionario de la Real Academia Española sí considere leche a la leche de soya o productos de frutas y semillas.
"A efectos de la comercialización y de la publicidad, la normativa [de la Unión Europea] reserva en principio exclusivamente la denominación 'leche' a la leche de origen animal", explicó en un comunicado el Tribunal de Justicia de la UE.
Los magistrados del alto tribunal entienden que esto se aplica también a los productos etiquetados como "nata", "chantilly", "mantequilla", "queso" y "yogur", incluso si las etiquetas especifican el origen vegetal del producto como en el caso de la "leche de soya".
Para el TJUE, "la adición de menciones denoscriptivas o explicativas no puede impedir con certeza cualquier riesgo de confusión por parte del consumidor".
En su fallo, la justicia europea entiende que las únicas excepciones a esta normativa europea son productos como la "leche de almendras" española, la "crème de riz" francesa o el "Queijo doce de Tomar" portugués, entre otros.
El alto tribunal responde así a una duda planteada por un tribunal alemán que debe pronunciarse sobre la demanda interpuesta por la asociación Verband Sozialer Wettbewerb contra la compañía de productos vegetarianos y veganos Tofu Town, que distribuye productos con denominaciones como "queso vegetal", entre otros.
Las denominaciones de "leche" o "queso" no pueden utilizarse en productos de origen vegetal, como la "leche de soya", ya que están reservadas a los alimentos de origen animal, estimó este miércoles la justicia europea, a pesar de que el Diccionario de la Real Academia Española sí considere leche a la leche de soya o productos de frutas y semillas.
"A efectos de la comercialización y de la publicidad, la normativa [de la Unión Europea] reserva en principio exclusivamente la denominación 'leche' a la leche de origen animal", explicó en un comunicado el Tribunal de Justicia de la UE.
Los magistrados del alto tribunal entienden que esto se aplica también a los productos etiquetados como "nata", "chantilly", "mantequilla", "queso" y "yogur", incluso si las etiquetas especifican el origen vegetal del producto como en el caso de la "leche de soya".
Para el TJUE, "la adición de menciones denoscriptivas o explicativas no puede impedir con certeza cualquier riesgo de confusión por parte del consumidor".
En su fallo, la justicia europea entiende que las únicas excepciones a esta normativa europea son productos como la "leche de almendras" española, la "crème de riz" francesa o el "Queijo doce de Tomar" portugués, entre otros.
El alto tribunal responde así a una duda planteada por un tribunal alemán que debe pronunciarse sobre la demanda interpuesta por la asociación Verband Sozialer Wettbewerb contra la compañía de productos vegetarianos y veganos Tofu Town, que distribuye productos con denominaciones como "queso vegetal", entre otros.
Las denominaciones de "leche" o "queso" no pueden utilizarse en productos de origen vegetal, como la "leche de soya", ya que están reservadas a los alimentos de origen animal, estimó este miércoles la justicia europea, a pesar de que el Diccionario de la Real Academia Española sí considere leche a la leche de soya o productos de frutas y semillas.
"A efectos de la comercialización y de la publicidad, la normativa [de la Unión Europea] reserva en principio exclusivamente la denominación 'leche' a la leche de origen animal", explicó en un comunicado el Tribunal de Justicia de la UE.
Los magistrados del alto tribunal entienden que esto se aplica también a los productos etiquetados como "nata", "chantilly", "mantequilla", "queso" y "yogur", incluso si las etiquetas especifican el origen vegetal del producto como en el caso de la "leche de soya".
Para el TJUE, "la adición de menciones denoscriptivas o explicativas no puede impedir con certeza cualquier riesgo de confusión por parte del consumidor".
En su fallo, la justicia europea entiende que las únicas excepciones a esta normativa europea son productos como la "leche de almendras" española, la "crème de riz" francesa o el "Queijo doce de Tomar" portugués, entre otros.
El alto tribunal responde así a una duda planteada por un tribunal alemán que debe pronunciarse sobre la demanda interpuesta por la asociación Verband Sozialer Wettbewerb contra la compañía de productos vegetarianos y veganos Tofu Town, que distribuye productos con denominaciones como "queso vegetal", entre otros.