¿En qué momento los padres dejan de dar pensión por alimentos?
¿En qué momento los padres dejan de dar pensión por alimentos?

¿Cómo son las leyes en nuestro país respecto a la pensión por alimentos?, ¿qué acciones se deben llevar a cabo cuando el padre no cumple su rol con responsabilidad?, ¿qué ocurre cuando el hijo es mayor de edad? Para salir de dudas, el doctor César Medina (abogado asociado senior de Lazo, De Romaña & CMB Abogados) explicó en qué casos se puede demandar una pensión por alimentos cuando el hijo ya tiene más de 18 años.

“En principio la obligaciones de prestar alimentos es en favor de aquellos hijos que sean menores de edad. Pero subsiste la obligación de proveer de alimentos a hijos solteros mayores de 18 años que estén siguiendo con éxitos estudios de una profesión u oficio hasta los 28 años de edad. No hay una regulación exacta de qué se entiende por ‘éxito’ pero muchas veces esto simplemente implica que los estudios del hijo se estén dando de manera satisfactoria y que esté aprobando todos los cursos”.

Medina reveló en una entrevista para 'Publimetro' que también existen otras medidas. “También subsiste la obligación de prestar alimentos para aquellos hijos o hijas solteros que no están en aptitud de atender su subsistencia por alguna incapacidad mental o física debidamente comprobada”.

Si en su momento el padre no brindó los alimentos y el hijo tiene la mayoría de edad, se puede demandar judicialmente el pago de las pensiones alimenticias que hayan devengado, pero para eso hay que verificar que la acción no haya prescrito. En el año 2014 se amplió el plazo de prescripción y hoy es de 15 años”, contó el especialista sobre la  y los hijos.

Además aclaró que existen casos específicos donde los hijos de 28 años pueden reclamar si sus padres jamás le depositaron algún tipo de . Esto ocurre en una  donde no prima la comunicación.

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