Como lo había indicado la alcaldesa de Huaral, Ana Aurora Kobayashi, a las 2 p.m. de este jueves, se leyó las conclusiones a las que llegaron tras revisar los procedimientos que se ejecutaron para que Mario Hart y Korina Rivadeneira logren casarse.
Los funcionarios de la Municipalidad de Huaral concluyeron en que Korina Rivadeneira y Mario Hart cometieron seis irregularidades y son las siguientes:
1. No obra en la solicitud firmada por los contrayentes que permite establecer la fecha de inicio del procedimiento y la presentación de la documentación establecida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de lo que se desprende que la subgerente de registros incumplió con el Código Civil.
2. No obra en el expediente la partida de nacimiento y/o certificado de naturalización, según corresponda, visado por el cónsul peruano en el lugar de origen, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, de la contrayente Korina Rivadeneira, por lo que la subgerente no debió realizar el matrimonio.
3. El edicto patrimonial se emitió con fecha 12 de abril del 2017 y su publicación en el diario El Chasqui ha sido el 21 de abril, fecha coincidente en que se celebró el mencionado matrimonio civil. La registradora no advirtió que la publicación se hizo el mismo día del matrimonio por lo que contraviene normas de imperativo cumplimiento.
4. El edicto matrimonial tiene fecha 12 de abril del 2017, sin embargo las fechas de la documentación presentada son ulteriores. Por ejemplo, la legalización por notario público han sido realizadas el 18 de abril, la partida de nacimiento de Mario Hart ha sido emitida con fecha 21 de abril y las declaraciones juradas tienen fecha 19 de abril, mientras el certificado de salud el 15 de abril.
5. No se ha cumplido con lo establecido en el artículo 251 del Código Civil que establece que si fuera diverso el domicilio de los contrayentes, se oficiará al alcalde que corresponde para que ordene también la publicación prescrita en el artículo 250 en su jurisdicción.
6. La contrayente (Korina Rivadenira) habría incurrido en una presunta falta declaración en procedimiento administrativo, toda vez que conforme a oficio número 538-2017 Migraciones, la contrayente ha declara como su domicilio ante Migraciones el inmueble ubicado en calle La Libertad 354-Miraflores. Se ha podido confirmar que no residencia en Huaral.
En ese sentido, "Este despacho concluye que se han vulnerado los principios de legalidad y presunción de veracidad, por lo que se deberá remitir todo lo actuado a la Procuradoría Pública Municipal para que proceda con sus funciones", finalizó el funcionario que leyó las irregularidades cometidas por Korina Rivadeneira y Mario Hart.
En tanto, la alcaldesa de Huaral, Ana Aurora Kobayashi, indicó que todo lo investigado será derivado al procurador, quien también investigará y luego toda la documentación será presentada al Ministerio Público y al Poder Judicial.
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