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Patricia Benavides: PJ rechaza demanda de amparo para anular su suspensión

El magistrado indicó que Benavides presentó la demanda de amparo “de manera prematura”, ya que aún está pendiente de resolverse un recurso de reconsideración.
Patricia Benavides. Fotos: jorge.cerdan/@photo.gec

Redacción Ojo

Actualizado el 18/01/2024, 07:04 p.m.

El Poder Judicial rechazó una vez más la demanda de amparo interpuesta por Patricia Benavides para anular el fallo de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que dispuso su suspensión provisional del cargo de fiscal de la Nación.

MIRA: Congreso: Subcomisión debatirá informe final sobre denuncia contra Aníbal Torres este viernes

El Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, a cargo del magistrado John Paredes Salas, adoptó la medida tras evaluar los escritos de aclaración presentados por Benavides sobre la demanda, la cual había sido declarada inadmisible por el mismo magistrado el último 29 de diciembre.

“Medida dispuesta por el Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima señala que la suspendida magistrada presentó la demanda de manera prematura debido a que aún está pendiente de resolverse un recurso de reconsideración”, comunicó el Poder Judicial en su cuenta de X.

En el recurso, la fiscal suspendida mencionó que se vulneró su derecho al debido procedimiento administrativo, específicamente en lo que respecta al derecho a ser procesada por un organismo competente, independiente e imparcial, haciendo referencia al Congreso. Además, manifestó su oposición a que la JNJ prosiga con el proceso disciplinario en su contra. Asimismo, alegó una presunta vulneración de su derecho a la defensa.

No obstante, el juez Paredes Salas desestimó todos los argumento al puntualizar que Benavides presentó un recurso de reconsideración en contra de su suspensión provisional de seis meses en el cargo de fiscal suprema, el cual fue evaluado por la JNJ el pasado 11 de enero.

“Está situación descrita da como resultado que la demanda ha sido presentada en tiempo prematuro, pues la demandante, al haber decidido culminar la vía administrativa, esta ha entendido que su situación aún no corre el riesgo de tornarse irreparable, hecho que este juzgado considera acertado teniendo en cuenta la calidad de la decisión que se cuestiona de naturaleza provisional y de carácter preventivo”, se lee en la resolución.

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