El Poder Judicial admitió la apelación de la Procuraduría para anular la resolución de archivo en la investigación contra Zoraida Ávalos. (Foto: Archivo GEC)
El Poder Judicial admitió la apelación de la Procuraduría para anular la resolución de archivo en la investigación contra Zoraida Ávalos. (Foto: Archivo GEC)

El Poder Judicial admitió a trámite el recurso de apelación de la Procuraduría General del Estado con el que pretende anular la resolución en la que se ordena el archivamiento de la investigación preparatoria contra la exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos por suspender las investigaciones al expresidente Pedro Castillo.

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La decisión fue tomada por el magistrado principal Juan Carlos Checkley, quien concluyó que la presentación legal realizada por la defensa del Estado cumplía con los requisitos establecidos por el Código Procesal Penal. Esta será evaluada en última instancia por la Corte Suprema.

La Procuraduría General del Estado solicita la revocación de la resolución emitida por el magistrado el pasado 23 de noviembre. En dicha resolución, se declaró procedente el recurso de excepción de improcedencia de acción presentado por la defensa legal de Ávalos. Este recurso buscaba el “sobreseimiento” o “archivo” de la investigación preparatoria al determinar que los hechos imputados a la extitular del Ministerio Público no constituyen el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales atribuido por la Fiscalía.

En su solicitud, la defensa legal del Estado exige que se declare nula la resolución apelada para que se emita un nuevo pronunciamiento.

En consonancia con lo anterior, el juez supremo Juan Carlos Checkley dictaminó el pasado 15 de diciembre “conceder” el recurso de apelación y enviarlo a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema. En caso de que esta instancia lo admita a trámite, se encargará de programar una audiencia virtual en la que ambas partes participarán para evaluar el recurso y emitir un veredicto definitivo.

El juez supremo Checkley Soria ordenó el archivo de esta investigación preparatoria seguida a la exfiscal de la Nación tras concluir que Zoraida Ávalos no omitió ilegalmente acto alguno de su cargo en los hechos que se le acusan, pues formuló, adoptó y siguió una línea de interpretación recogida por sus predecesores sobre la aplicación del artículo 117 de la Carta Magna.

Como se recuerdo, el pasado 21 de junio, el pleno del Congreso acordó inhabilitar a Zoraida Ávalos por cinco años en el ejercicio del cargo público por la presunta infracción constitucional a raíz de este caso, sanción que sigue en vigencia.

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