El Congreso de la República aprobó una medida que protege los derechos laborales de los padres, estableciendo que no podrán ser despedidos de sus trabajos hasta que su hijo cumpla un año de edad, con excepciones.
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La norma busca proteger a los padres tanto del sector público como privado y establece que el padre no podrá ser despedido si la madre no tiene trabajo.
En caso de despido, el padre deberá ser repuesto en su puesto. La ley también protege contra la no renovación de contrato o actos de hostilidad desde la gestación hasta el año de lactancia.
No obstante, la facultad del empleador para despedir por causa justa permanece, siempre y cuando demuestre que la causa del despido no está relacionada con la condición de padre o madre del trabajador.
Además, las mujeres gestantes o madres lactantes podrán solicitar el cambio de modalidad de trabajo a teletrabajo.
En cuanto a la licencia por paternidad, esta se ha aumentado a 15 días consecutivos en casos de parto natural o cesárea, con los primeros 10 días pagados por el empleador y los siguientes 5 subsidiados por EsSalud. En situaciones de nacimientos prematuros o partos múltiples, la licencia se extenderá a 25 días consecutivos.
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