El Gobierno aprobó una bonificación extraordinaria a favor del personal de salud 720 soles, según el Decreto Supremo 068-2020 publicado este 4 de abril en El Diario Oficial el Peruano.
La implementación de la bonificación extraordinaria tiene carácter progresivo y está sujeta a que la propagación del COVID-19 demande incremento de la oferta de servicios.
Condiciones
El pago de la bonificación extraordinaria es mensual y se otorga de manera excepcional durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional y hasta 30 días posteriores al término de las mismas.
Para el caso de periodos menores a un mes, el pago del bono es proporcional y se sujeta a los días de servicios laborados
Beneficiarios
Los beneficiarios deben prestar servicios efectivos de alerta y respuesta en el marco de la existencia del COVID 19 en:
- Unidades productoras de servicios de salud de cuidados intensivos
- Servicios de salud de hospitalización
- Vigilancia epidemiológica , que contempla actividades destinadas a la identificación clínica y de apoyo al diagnóstico de casos confirmados de COVID -19 y sus contactos y a la gestión de manejo de residuos biocontaminados en los establecimientos de salud . Asimismo, el personal de salud que realiza vigilancia epidemiológica en los órganos del Ministerio de Salud, Gerencias Regionales de Salud, Redes Integradas de Salud , entre otras.
- Visitas domiciliarias , las cuales contemplas casos sospechosos de COVID-19, el seguimiento de casos positivos, así como el manejo prehospitalario y traslado de casos positivos con complicaciones.
- Se encuentra excluido el personal de salud que ocupa cargos de confianza o directivo.
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