Si estás a punto de planificar sus próximas vacaciones pero no está al tanto de los documentos que son necesarios para que pueda ingresar sin problemas a su destino elegido, le informamos que no en todos los casos será necesaria la presentación de su pasaporte o de la visa.
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Con ello, además de evitar lo tedioso que puede significar realizar el trámite para la obtención de nuestro pasaporte electrónico o de la visa, también podrás ahorrar tiempo y dinero que podrás aprovechar en el viaje que realices fuera de nuestras fronteras.
¿A DÓNDE INGRESO CON DNI?
Los peruanos podemos salir fuera del país mostrando solo nuestro DNI, ya que este documento también resulta válido para para transitar y pasar los controles migratorios en algunos aeropuertos o puestos fronterizos.
Según informan en el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) y en la Superintendencia Nacional de Migraciones, son nueve los países, todos dentro de América del Sur, que actualmente –sea por decisión unilateral o por convenio– permiten el ingreso de los peruanos mostrando solo su DNI para viajes de turismo:
1. Argentina
2. Bolivia
3. Brasil
4. Colombia
5. Chile
6. Ecuador
7. Paraguay
8. Uruguay
9. Venezuela
COMUNIDAD ANDINA
En caso tu viaje tenga como destino a uno de los tres países (Bolivia, Colombia y Ecuador) que junto con el Perú forman parte de la Comunidad Andina (CAN), será necesaria la tarjeta andina de migración (TAM). Este documento de control migratorio y estadístico, es obligatorio para movilizarse entre los países de la CAN.
La TAM te será entregada cuando ingreses a cualquiera de los países andinos, debes portarla durante el viaje y tendrás que entregarla a las autoridades migratorias cuando salgas de dicho país.
¿A DÓNDE PUEDO VIAJAR CON PASAPORTE?
Cada vez son más los países a los que los peruanos podemos ingresar sin la necesidad de realizar el tedioso trámite de la visa.
Según el MRE, son 74 los países que actualmente no exigen visa de ingreso a los peruanos que poseen pasaportes ordinarios.
De esta manera, a los nueves países de América del Sur a los que peruanos podemos ingresar con DNI (Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Uruguay y Venezuela), se suman Guyana y Suriname.
En América Central y el Caribe el ingreso sin visa está permitido en Aruba, Bahamas, Barbados, Belice, Bonaire, Costa Rica, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, Panamá, República Dominicana, Trinidad y Tobago, Saba y Saint Eustacius.
Mientras que en América del Norte, desde el 2012, México es el único país que no le exige visa a los peruanos para su ingreso.
En el caso de Europa, desde el 2011 Rusia permite el ingreso sin visa, lo mismo sucede con Belarús, Macedonia, Montenegro y Serbia.
En tanto que por el acuerdo entre el Perú y la Unión Europea para la exención de visados para estancias de corta duración, son 30 los países integrantes de la Unión Europea a los que los peruanos pueden ingresar sin visa.
Los países que forman parte de este acuerdo son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Islandia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países, Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza.
En Asia y Medio Oriente, el ingreso sin visa para los peruanos está permitido en Brunéi, Corea del Sur, Filipinas, Hong Kong, Indonesia, Israel, Líbano, Malasia, Singapur, Tailandia y Turquía. Tanto en Indonesia como en Líbano, la visa se otorga al aterrizar y sin necesidad de mayores requisitos.
Finalmente, en África el acceso solo con pasaporte está permitido en Marruecos y Sudáfrica.
¿QUÉ NECESITO PARA VIAJAR A ESTADOS UNIDOS?
Los documentos para ingresar a este destino dependerán del motivo de su viaje, es decir, si es para hacer turismo, por negocios, trabajo o estudios, aunque en todos los casos además de su pasaporte vigente también será indispensable que cuente con la visa expedida por la Embajada de Estados Unidos en nuestro país.
1. De turismo
Si ya tiene su visa y pasaporte pero viajará acompañado de un menor de edad, su niño o niña también deberá portar su pasaporte y su visa de turismo.
Pero, en caso el menor viaje solo con su padre o con su madre, a los dos documentos anteriores tendrá que adicionar una autorización de viaje notarial. Este documento deberá ser tramitado en una notaría porque permitirá que el menor de edad pase los controles migratorios.
2. De negocios o trabajo
En caso su viaje a Estados Unidos responda a razones de trabajo o de negocios, además de su pasaporte, tendrá que tramitar una visa de trabajo.
Según explican en la Embajada de Estados Unidos en nuestro país, las visas de inmigración por trabajo están divididas en cinco categorías de preferencia: E1, para trabajador con prioridad; E2, para profesionales con títulos avanzados y personas con habilidades excepcionales; E3, para trabajadores con habilidades, profesionales y trabajadores con habilidades (otros trabajadores); E4, para ciertos inmigrantes especiales; y la E5, para inversores inmigrantes.
3. De estudios
Existen dos categorías de visa de no inmigrante para personas que deseen estudiar en los Estados Unidos. La visa F es para estudios académicos, y la visa M es para estudios no académicos o vocacionales.
La visa F1 será entregada al estudiante que desee asistir a la universidad o alguna otra institución académica, incluyendo escuelas primarias y secundarias o programas de capacitación en idiomas.
La visa M1 está destinada para el estudiante que desee continuar el curso de estudios que no son precisamente académicos en su naturaleza y se realizan en un establecimiento vocacional o en otra institución no académica reconocida.
Para ello, los estudiantes deben contar con un certificado de elegibilidad, es decir, primero deben ser aceptados para el curso que van a estudiar y ser certificados como potenciales estudiantes estadounidenses. El certificado de elegibilidad requerido es el formulario I-20, que es emitido y enviado directamente al estudiante por la institución o escuela a la que calificó.
PROTOCOLO COVID-19 Y OTROS DESTINOS
Y aunque muchos países han decidido volver a abrir sus fronteras, en todos los casos se ha optado por dictaminar ciertas medidas sanitarias para evitar la propagación y contagio del COVID-19, por lo que los visitantes deben respetarlas para evitar contratiempos durante su ingreso a estos destinos.
Por esa razón, en la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) han habilitado la plataforma “Documentos necesarios para viajar fuera del país” en la que podrá encontrar información sobre los documentos que les serán solicitados. Aquí encontrará el detalle de lo que exigen en 248 destinos fuera del país.