El Décimo Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima declaró infundado el pedido de prisión preventiva contra Carlos Wiesse Asenjo, quien destrozó el auto de su vecino y luego disparó contra su departamento en San Isidro.
La decisión fue tomada durante la mañana de este miércoles 31 de mayo, sin embargo, se dio a conocer que dicha resolución se dio al incumplirse los requisitos para la imposición de esta medida, por lo que se impuso comparecencia.
Según detalló la entidad en un comunicado de prensa, para dictar prisión preventiva deben concurrir: fundados y graves elementos de convicción, prognosis de pena a imponer que sea superior a 4 años de pena privativa de libertad, y peligro procesal (fuga y/o obstaculización).
Sin embargo, en el caso de Wiesse Asenjo, la Fiscalía no acreditó en audiencia que la eventual pena que recibiría el investigado sería superior a cuatro años de cárcel.
Así pues, la liberación del abogado, obedeció exclusivamente a la falta de cumplimiento de los requisitos de la prisión preventiva, conforme a lo propuesto por la Fiscalía; ya que el Poder Judicial no es un órgano que actué de oficio, sino a pedido del titular de la acción penal.
A pesar de no obtener la prisión preventiva, Wiesse deberá pagar una caución de 25 mil soles, además se le dictó impedimento de salida del país.
Otra de las disposiciones para el abogado es el registro biométrico mensual, no ausentarse de Lima, asistir a diligencias fiscales, bajo apercibimiento.