Por unanimidad se desestimó este miércoles la reelección del alcalde de la provincia de Purús, Ucayali, Domingo Ríos Lagos, en aplicación del mandato constitucional que prohíbe que los burgomaestres sean elegidos en períodos consecutivos.
De esta manera quedó infundada la apelación del personero legal del movimiento regional Ucayali Región con Futuro, Julio René Vásquez Ríos, contra la resolución del Jurado Electoral Especial (JEE) de Coronel Portillo.
La resolución de la máxima autoridad electoral se sustenta en la Ley de reforma constitucional N° 30305 que modifica los artículos 191, 194 y 203 de la Carta Magna. Dicha norma, se precisa, se encuentra vigente desde el 11 de marzo de 2015 y es de aplicación en el presente proceso electoral.
La resolución del Pleno del JNE se emite a escasas horas de haberse revisado el expediente de este caso en audiencia pública, en la que estuvieron presentes las partes procesales.
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