El Poder Judicial advierte que el delito de secuestro conlleva penas que oscilan entre 20 años de cárcel o más, y que en los casos en los que las víctimas son menores de edad, la sanción puede llegar hasta la cadena perpetua.
MIRA: Año escolar 2024: ¿Cuáles son las nuevas edades para las matriculas de inicial y primaría, según Minedu?
La magistrada Soledad Barrueto Guerrero, a cargo del Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, explicó que los acusados del delito de secuestro, en su forma básica, serán reprimidos con una sanción de entre 20 y 30 años de prisión efectiva.
“El secuestro es un ilícito perpetrado por el sujeto agente que prive a otro de su libertad ambulatoria o personal bajo cualquiera de los medios y, dependiendo de la forma cómo se realice la conducta criminal, se determinarán las penas”, enunció.
“En el secuestro de menores se busca preservar no solo la capacidad de autodeterminación de una persona, sino la vulnerabilidad propia de los menores, así como su libertad personal”, agregó. Del mismo modo, puntualizó que la comisión de secuestro con consecuencia de muerte también es reprimida con cadena perpetua.
La letrada refirió que, para efectos de la acreditación de la comisión del delito de secuestro, se evalúa en el proceso la denuncia formulada, el eventual levantamiento del secreto de comunicación, la determinación de los móviles del delito y otros documentos.
El pronunciamiento de la magistrada se dio en el marco del secuestro de la menor de 12 años identificada como Valeria Angélica Vásquez Barrientos, quien fue raptada en la puerta de su casa el 11 de diciembre, en el distrito de Comas. Sus secuestradores exigen el pago de 3 millones de soles para liberarla