¿Qué pasará con las universidades que no obtengan licenciamiento?
¿Qué pasará con las universidades que no obtengan licenciamiento?

Las y escuelas de posgrado del país que no obtengan licencia institucional estarán prohibidas de convocar a más procesos de admisión e incorporar a nuevos estudiantes, según estableció la .

Esta disposición figura en su Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado, que fue publicado ayer en el diario oficial “El Peruano”, con el fin de ordenar el cierre de estas casas de estudios superiores y evitar perjuicios a los alumnos.

Según la normativa de la Sunedu, las universidades y escuelas a las que se les deniegue o cancele el licenciamiento deben cesar de forma total y definitiva la prestación del servicio educativo en un plazo máximo de dos años.

Dicho periodo empezará a ser contabilizado desde el semestre siguiente a la fecha de notificación de la resolución en la que se les niega o quita la licencia institucional.

Además, la norma les impide “interrumpir unilateralmente” sus actividades de formación académica durante el semestre o el año académico en curso.

Por otro lado, el reglamento los insta a adoptar medidas apropiadas para garantizar la continuidad de los estudios de sus actuales estudiantes y cumplir con dar la documentación respectiva a sus egresados.

Los alumnos de estas casas de estudios pueden seguir su carrera o especialización hasta el plazo establecido para el cese u optar por el traslado, con base en los convenios que la universidad está obligada a establecer con otras casas de estudios superiores que sí hayan obtenido el licenciamiento de la Sunedu.

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