Los trabajadores del sector privado que no cuenten con la vacunación completa (dos dosis), deberán prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto. El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, publicado en El Peruano, también menciona que cuando la naturaleza de las labores no sea compatible con el trabajo remoto, se aplicaría la suspensión perfecta, es decir sin goce de haberes.| VIDEO: América TV