El Congreso, mediante el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano publicó la Ley N° 30838, que condena a cadena perpetua a quien cometa violación sexual contra menores de 14 años de edad.
Esta es una ley que modifica el Código Penal para fortalecer la prevención y sanción de los delitos contra contra la libertad sexual de los menores de 14 años.
El artículo 173° de la Ley indica: "el que tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza cualquier otro acto análogo con la introducción de un objeto o parte del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, con un menor de 14 años, será reprimido con pena de cadena perpetua".
Asimismo, si se refiere a lo que son tocamientos, es decir, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de menores de 14 años, los agresores serán condenados a penas privativas de libertad no menor de 9 ni mayor de 15 años.
Si la víctima es mayor de edad
Además, anotan que en el caso de que la víctima es mayor de edad, la condena privativa de la libertad será de 14 hasta 20 años.Si se utiliza un arma o es realizado por 2 o más sujetos, la pena de cárcel será no menor de 20 ni mayor de 26 años.
Además, anotan que en el caso de que la víctima es mayor de edad, la condena privativa de la libertad será de 14 hasta 20 años.
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