¿Mi pareja puede revisarme el Whatsapp?
¿Mi pareja puede revisarme el Whatsapp?

Desde que algunos aplicativos como Messenger y se hicieron populares, muchas parejas lidiaron con el conflicto de si es correcto o no mostrar las conversaciones que se tienen con terceras personas.

MIRA: Cómo ganar dinero en TikTok viendo vídeos: cómo conseguir puntos y cuánto pagan

Algunas parejas no tienen problemas en compartir su clave de teléfono o mostrar sus chats. Sin embargo, cuando hay una negativa de por medio, algunos optan por descargarse programas como para espiar las conversaciones de WhatsApp.

Pero, ¿esta práctica es legal? Los abogados de portal jurídico LP - Pasión por el Derecho - respondieron a este pregunta con un educativo video publicado en su cuenta oficial de TikTok.

“¿Puede tu pareja revisarte el WhatsApp? La respuesta es no. Toda persona tiene derecho al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones. Por lo tanto, nadie puede revisarte el WhatsApp, correo electrónico o bandeja de mensaje de Facebook sin una orden judicial previa”, menciona el abogado Francisco Chuquicall.

Efectivamente, según el artículo 2 de nuestra Constitución Política, las comunicaciones, telecomunicaciones o sus instrumentos sólo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento motivado del juez, con las garantías previstas en la ley”.

@lpderecho.pe

¿Mi pareja puede revisarme el whatsapp? Explica @franciscochuquicallata ##toxicos ##parejatoxica ##parejatoxicachallenge ##whatsapp ##celos ##celosdepareja

♬ Tik tok [Hip Hop] - Instrumental - Cuarta Pared Studio

¿Hay cárcel por espiar las conversaciones de WhatsApp de mi pareja?

Sobre el secreto de las comunicaciones,: “El que, abre, indebidamente, una carta, un correo electrónico, un pliego, telegrama, radiograma, despacho telefónico u otro documento de naturaleza análoga, que no le esté dirigido, o se apodera indebidamente de alguno de estos documentos, aunque no esté cerrado, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con sesenta a noventa días - multa.

De otro lado, el artículo 2 de la Ley de Delitos Informáticos, señala que “el que deliberada e ilegítimamente accede a todo o parte de un sistema informático, siempre que se realice con vulneración de medidas de seguridad establecidas para impedirlo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y con 30 a 90 días-multa. Será reprimido con la misma pena el que accede a un sistema informático excediendo lo autorizado”. [LEE AQUÍ: ]

, la abogada Paola Gálvez, especialista en derecho digital y ciberseguridad, comentó que “si hackeas el celular o buscas la forma de encontrar, sin la autorización de la otra persona, la clave de acceso al equipo o la clave de alguna aplicación, la estás vulnerando”.

Sin embargo, la abogada aclaró que si una persona denuncia a su pareja por revisar las conversaciones de su celular, tendría que demostrar que el equipo fue vulnerado. Sostuvo, la pena por este delito es no menor de uno ni mayor de cuatro años, tiempo que generalmente no implica cárcel efectiva.

VIDEO RECOMENDADO

TE PUEDE INTERESAR


TAGS RELACIONADOS