El Callao se mantiene con nivel de de alerta sanitario extremo por la pandemia del COVID-19, por lo que en esta zona continuará la inmovilización social los domingos. Así lo dispone el Decreto Supremo 046-2021-PCM, publicado hoy 13 de marzo en boletín de Normas Legales del diario El Peruano.
De acuerdo a la norma, los ciudadanos que residen en la Provincia Constitucional del Callao y en otras 26 provincias del país tendrán que cumplir las restricciones desde el 15 hasta el 28 de marzo, a fin de mitigar el incremento de casos de coronavirus (COVID-19).
Cifras de la Sala Situacional COVID-19 del Ministerio de Salud (Minsa) indican que la Provincia Constitucional reporta a la fecha 61.443 contagios, y la cifra acumulada de fallecidos por coronavirus es de 2.565. Mientras que según el Sinadef, más de 6.200 personas fallecieron en el Callao debido al coronavirus.
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Asimismo, el Minsa reportó que hasta este sábado, 13 de marzo, el número de personas vacunadas en Callao con la primera dosis desarrollada por el laboratorio Sinopharm contra el COVID-19 asciende a 20.115.
El mapa interactivo del Minsa muestra que dicha cifra representa un 98,15% de avance respecto a la meta de vacunados en la capital, que es de 20.494.
Restricciones y aforos en provincias con alerta extrema
- Los domingos habrá inmovilización social obligatoria estricta y el toque de queda será de 9:00. pm a 4:00 am.
- El transporte interprovincial terrestre tendrá un aforo de 50% a 100%, regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
- Los límites de aforo en las provincias de nivel extremo han sido fijados en 20% para las tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamentos. Todos estos establecimientos podrán ofrecer también servicio delivery.
- Entre tanto, las tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, bodegas, mercados y farmacias aumentaron su aforo al 40 %, al igual que los bancos y entidades financieras.
- Los restaurantes y afines podrán atender al público con un aforo de 30% en sus áreas internas con ventilación y de 30% si el servicio se ofrece al aire libre. Se permite servicio de delivery desde las 4:00 a.m. a 11:00 p.m. de lunes a domingo.
- Por su parte, las bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías de arte, jardines botánicos y zoológicos podrán funcionar con un aforo de 30 %, mientras un 20% para las artes escénicas y la enseñanza cultural en espacios abiertos.
- Las artes escénicas en espacios abiertos (se prohíben eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas) será 20%. Las peluquerías, spa, barberías y otros afines funcionarán con un aforo de 40% (previa cita).
- También se prohíbe el funcionamiento de los clubes y asociaciones deportivas. Tampoco casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y teatros y artes escénicas, mientras las iglesias y centros de culto no están autorizados a funcionar.
- Además está prohibido las reuniones en espacios abiertos y cerrados. El delivery de farmacias y boticas funciona las 24 horas del día.
- Asimismo no está permitido, el uso de playas, ríos, lagos o lagunas.